REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2.015.
AÑOS: 205º Y 156º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: LEAL DANNY MARIA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.521.249, domiciliada en la Población de San Luis, Urbanización Monseñor Rivero Reyes, Callejón Las Acacias, Casa N° 08, de la Parroquia San Luis, del Municipio Bolívar del Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio OSCAR RAMON GUANIPA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 171.238, con domicilio procesal en la Población de San Luis, del Municipio Bolívar del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este. Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: LEAL DANNY MARIA, sobre: unas Bienhechurías constantes de una vivienda unifamiliar, construido con paredes de bloques de cemento frisadas, techos de asbesto, pisos de cemento liso, puertas de madera y metal con protector de metal, ventanas de metal y vidrios, instalaciones eléctricas empotradas, tuberías de aguas blancas y negras, con los siguientes ambientes y distribuciones: Dos (02) porches, una (01) sala, cinco (05) habitaciones, una (01) cocina- comedor, dos (02) baños, un (01) lavandero. Las mismas se encuentran enclavadas en una parcela de Terrenos Municipales. Ubicadas en la Población de San Luis, en el Callejón Las Acacias, Casa N° 08, de la Parroquia San Luis, del Municipio Bolívar del Estado Falcón, en una extensión Superficial aproximadamente de QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (556, 44 M2). Con un Área de construcción de CIENTO VEINTE Y UNO METROS CUADRADOS (121 M2), siendo sus linderos generales los siguientes:
NORTE: En 38,44 mts Con casa y solar de la ciudadana Alida Leal.
SUR: En 29,75 mts con Calle Monseñor Rivero Reyes.
ESTE: En 19,11 mts Con casa y solar de la ciudadana Cecilia Acosta.
OESTE: En 16,01 mts Con calle transversal Monseñor Rivero Reyes.
El valor de dichas Bienhechuría es por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (200.000,00 BS.).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTIDÓS (22) DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. (22-09-2.015) AÑOS: 205° Y 156°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG.KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-