República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 29 de septiembre de 2015
Años: 205° y 156°



Expediente: No. 811-15

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: HUGO JOSE NAVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad personal N°. V-5.285.533, domiciliado en el sector Las Crucesitas, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogado Asistente: BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-3.703.261 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633, domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por el ciudadano HUGO JOSE NAVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad personal N°. V-5.285.533, domiciliado en el sector Las Crucesitas, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°-V-3.703.261 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633, domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa construida con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc; compuesta de: Una (01) sala - comedor, dos (02) cuartos, una (01) cocina y un (01) baño. Con un área de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS (58,43 Mts2); construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: DIECINUEVE METROS (19 Mts.) DE FRENTE POR TREINTA Y DOS METROS (32 Mts.) DE FONDO para un área total de SEISCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (608 Mts2). Ubicada en el sector Las Crucesitas, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de Angela Salóm; SUR: Terreno de la comunidad de Crucesitas; ESTE: Casa de Dixon Nava y OESTE: Terreno propiedad de Hugo José Nava. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0023 de fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil quince (2015), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos MILADIS RAMONA CHIRINO DE URRIBARRI y JORGE SEGUNDO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-7.835.416 y V-11.452.896 respectivamente, domiciliados, la primera de ellos en la urbanización Los Cortijos de Lourdes, población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y el segundo en el sector Pueblo Viejo, población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE AL CIUDADANO HUGO JOSE NAVA EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA CASA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000.00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano HUGO JOSE NAVA, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante HUGO JOSE NAVA. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veintinueve (29) días del mes septiembre de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.



La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ


La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.




En la misma fecha de hoy, 29/09/2015, siendo las once y cincuenta antes-meridiem (11:50 am), se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.789-15. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.