REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 17 de Septiembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2015-000129
ASUNTO : IP01-D-2015-000129
IMPOSICIÓN DE SANCIÓN.
RGLAS DE CONDUCTA POR UN (01) AÑO.
Dada la celebración de la Audiencia de Imposición de Sanción esta misma fecha, este Tribunal pasa a dictar la Resolución motivada de dicha decisión conforme a los argumentos esgrimidos la referida acta.
Se observa de las actuaciones que los jóvenes adultos ANDRES VARGAS Y DAVID HERNANDEZ, fueron impuesto formalmente de la medida sancionatoria dictada por el Tribunal Cuarto del Municipio Carirubana actuando en funciones de Control Sección Adolescente en fecha 09-02-2015 el cual adquirió el carácter de firmeza en fecha 02 de marzo de 2015, el cual acordó sancionarlos a UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, el cual iniciará el día 17-09-2015 y culminarán el día 17-09-2017 por la comisión del delito de RESISTENA A LA AUTIRIDAD Y MANIFESTACIONES ILEGALES.
Seguidamente se les indicó y explicó a los sancionados la naturaleza de la misma, forma de cumplimiento y que debe cumplir con las siguientes condiciones REGLAS DE CONDUCTA SON LAS SIGUIENTES: PRIMERO: No participar en ningún acto público que se encuentre relacionado con manifestaciones SEGUNDO: Consignar una constancia de inscripción en el sistema educativo para ambos sancionados y posteriormente una constancia de estudio, así como constancia de trabajo por parte del ciudadano joven adulto. TERCERO: No portar ningún tipo de arma, ni blanca ni de fuego. CUARTO: No consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. QUINTO: No reunirse con personas de dudosa reputación SEXTO: Acuridir ante la Oficina de la Lic. Zully Fernández a los fines de que realice el informe social. Se les informa igualmente que la sanción comienza a partir de la fecha (17) de Septiembre de 2015 y culmina el (17) de Septiembre de 2016. Fecha en la cual culmina su sometimiento a esta fase de ejecución. Acordando fijar Audiencia de verificación el día 19 de septiembre de 2016 a las 11:30 horas de la mañana
Se les informó igualmente que la consecuencia de su incumplimiento, acarrea la revocatoria de la Medida impuesta.
Seguidamente se le concedió la palabra a los sancionados, quien a viva voz expusieron de forma clara lo siguiente: “Me doy por notificado de la decisión proferida y me comprometo a cumplir fielmente con los deberes que me ha impuesto el tribunal .
Dispositiva
Por todos los argumentos expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: impuestos formalmente los jóvenes adultos ANDRES VARGAS Y DAVID HERNANDEZ, de la medida sancionatoria dictada por el Tribunal Cuarto del Municipio Carirubana actuando en funciones de Control Sección Adolescente en fecha 09-02-2015 el cual adquirió el carácter de firmeza en fecha 02 de marzo de 2015, el cual acordó sancionarlos a UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, el cual iniciará el día 17-09-2015 y culminarán el día 17-09-2017 por la comisión del delito de RESISTENA A LA AUTIRIDAD Y MANIFESTACIONES ILEGALES., debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
PRIMERO: No participar en ningún acto público que se encuentre relacionado con manifestaciones
SEGUNDO: Consignar una constancia de inscripción en el sistema educativo para ambos sancionados y posteriormente una constancia de estudio, así como constancia de trabajo por parte del ciudadano joven adulto.
TERCERO: No portar ningún tipo de arma, ni blanca ni de fuego.
CUARTO: No consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
QUINTO: No reunirse con personas de dudosa reputación.
SEXTO: Acuridir ante la Oficina de la Lic. Zully Fernández a los fines de que realice el informe social.
TERCERO: Según el computo efectuado la sanción comienza a partir de la fecha (17) de Septiembre de 2015 y culmina el (17) de Septiembre de 2016. Fecha en la cual culmina su sometimiento a esta fase de ejecución. Se acuerda fijar Audiencia de verificación el día 19 de septiembre de 2016 a las 11:30 horas de la mañana
CUARTO: En relación al ciudadano RUBERTH VILLAVICENCIO, se ordena fijar Audiencia de Imposición para el día 15 de Diciembre de 2015 a las 11:45 am.
Regístrese, publíquese en estricta sujeción a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Notifíquese.
JUEZA 1° SUPLENTE DE EJECUCIÓN
SECCIÓN ADOLESCENTE
ABG. JENY BARBERA.
ABG CECILIA PEROZO.
SECRETARIA.
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