REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Mene de Mauroa; 04 de marzo 2016
Años; 205° y 157°


Exp. No. 728-16

MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

OFERENTE: EDILIO JOSE PONTE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-16.848.528, obrero, domiciliado en el sector El Llanito, parroquia San Félix del Municipio Mauroa del Estado Falcón, en su condición de padre del menor (omitida identidad de conformidad con el artículo 65 de LOPNNA).

OFERIDA: VERONICA DEL VALLE CONTRERAS LOZADA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-16.457.349, oficios del hogar, domiciliada en el sector El Llanito, parroquia San Félix del Municipio Mauroa del Estado Falcón, en su condición de madre del menor (omitida identidad de conformidad con el artículo 65 de LOPNNA)

En fecha veinticinco (25) de febrero de dos mil dieciséis (2016), comparecen ante este Tribunal de manera voluntaria el ciudadano EDILIO JOSE PONTE, titular de la cédula de identidad N° V-16.848.528 y la ciudadana VERONICA DEL VALLE CONTRERAS LOZADA, titular de la cédula de identidad N°. V-16.457.349, quienes manifiesta su voluntad de llegar a un acuerdo por ante este Tribunal para el cumplimiento de la Obligación de Manutención en beneficio del menor hijo ……, lo cual hacen en los siguientes términos: el ciudadano EDILIO JOSE PONTE, ofrece la cantidad de Ocho Mil Bolívares (Bs. 8.000,00) mensual para los gastos de alimentación del menor, lo cual hará mediante entregas directas a la madre del menor ciudadana VERONICA DEL VALLE CONTRERAS LOZADA, los días sábado de cada semana a quien le solicita, le firme un recibo en constancia del cumplimiento, igualmente ofrece cubrir el cien por ciento (100%) los gastos médicos y de medicamentos cuando el niño lo amerite, ofrece cubrir el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de ropa y calzados durante el año cuando el niño lo amerite, el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos en época de navidad y el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos escolares del menor cuando el niño empiece a estudiar. (Folio 02)
En fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciséis (2016) fue admitida la acción por Ofrecimiento de Obligación de Manutención, se ordeno formar expediente y fue signada la causa con el N° 728-16, se acordó la notificación respectiva mediante oficio al Fiscal Especializado del Ministerio Público del Estado Falcón. (Folio 06).
Este Juzgado para decidir observa:
Que el acuerdo suscrito entre las partes, no es contrario al interés superior del menor beneficiario, considerando que cubre las exigencias de lo establecido en el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA); es por lo que este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo suscrito entre las partes de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 518 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA). Así se decide.-
La Obligación de Manutención aquí establecida se ajustará de forma proporcional tomando en cuenta la tasa de inflación determinada por el índice del Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 369 y 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA).

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión a los fines previstos en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Mene de Mauroa cuatro (04) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Jueza provisoria,

Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
La Secretaria,

Abg. CILENIZ TIGRERA
En la misma fecha de hoy, 04/03/2016, siendo las dos y veinte post-meridiem (2:20 pm), se publicó la presente decisión, quedando registrada bajo el No. 817-16.

La Secretaria,

Abg. CILENIZ TIGRERA