Se da inicio al presente procedimiento, en fecha 09 de mayo de 2011, mediante escrito que contiene demanda por Liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal, incoado por la ciudadana Angélica Josefina Agüero Ereu, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.708.385, domiciliada en la Urbanización María Auxiliadora, calle N° 9, Manzana 9, casa N° 39, Sector Desarrollo El Sabino II, municipio Carirubana del estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada Lorena Camacho Benites, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 124.847, en contra del ciudadano José Gregorio Cham Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.640.720, domiciliado en el Sector Ignacio Sarmiento, Calle Pupureche, casa N° 51-A, Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón.
En fecha 04 de agosto de 2016, se recibe la presente causa proveniente del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de éste Circuito Judicial de Protección; ahora bien, de la revisión de la misma, se desprende que desde el día 15 de noviembre de 2011, no se evidencia ninguna actuación procesal por las Partes intervinientes, por lo que, habiendo transcurrido cuatro años y ocho meses sin actuaciones de las partes,