REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro; 11 de agosto de 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 157-2016, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): (las) ciudadano (as) MARIA ROSA BATISTA de GONZALEZ y MARIA FE GONZALEZ BATISTA, de nacionalidad española la primera y venezolana la segunda, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° E-576.348 y V-6.085.589, domiciliadas en la Avenida Maracaibo, entre Avenidas Pinto Salinas y Rafael Gallardo, Residencias Villa San Miguel, casa N° A1, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; asistido (a) por el (la) Abogado ALIRIO JOSE ODUBER GARVET, Inpreabogado N° 154.320. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) LEOCADIO GONZALEZ RODRIGUEZ, era venezolano (a), mayor de edad, CASADO, titular de la cédula de identidad N° V–9.584.579, residenciado (a) en la Avenida Maracaibo, entre Avenidas Pinto Salinas y Rafael Gallardo, Residencias Villa San Miguel, casa N° A1, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Veintiuno (21) de febrero del 2016, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 271, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón. DECLARA COMO ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS: en su condición de ESPOSA, a la ciudadana MARIA ROSA BATISTA de GONZALEZ, antes identificada; y en su condición de HIJA, a la ciudadana MARIA FE GONZALEZ BATISTA. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Once (11) día (s) del mes de agosto de 2016. Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación. FC



La Juez Titular, La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta












SOL. 157