REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 22 de Diciembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2014-000450
ASUNTO : IP01-D-2014-000450
IMPOSICIÓN DE SANCIÓN UN (01) AÑO DE LIBERTAD REGLAS DE CONDUCTA EN FORMA SIMULTANEA
Dada la celebración de la Audiencia de Imposición de Sanción, este Tribunal pasa a dictar la Resolución motivada de dicha decisión conforme a los argumentos esgrimidos la referida acta.

Se observa de las actuaciones que el joven WILMER JOSÉ ZARRAGA LOPEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO 25.128.713 fue impuesto formalmente de las medida sancionatoria dictada por el Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescente, el cual acordó sancionarla al cumplimiento UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA en forma simultanea conforme a lo contemplado en el artículo 620 literal D Y B de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, el cual iniciará el día 10-11-2016 de Diciembre de 2016 (fecha de imposición) y culmina el día 10-11-2017 aproximadamente debiendo cumplir con las siguientes obligaciones como Reglas de Conducta: REGLAS DE CONDUCTA: 1.- Inscribirse en un curso de formación laboral. 2.- No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- No reunirse con personas de dudosa reputación. 4.- No incurrir en ningún otro hecho delictivo. 5.- No portar ningún tipo de arma ni municiones. 6.- prohibición de salir de su casa luego de las 10:00 de la noche. 7.- mantenerse activo laboralmente y consignar constancia de trabajo. 8.- Dirigirse al departamento de Libertad Asistida y someterse a las condiciones a las condiciones que le sean impuestas
Se le informó igualmente al joven sobre las consecuencias que acarrea el incumplimiento de dicha medida.

Seguidamente se le indicó explicó al sancionado la naturaleza de ambas medidas, su forma de cumplimiento y la consecuencia que acarrea su incumplimiento, seguidamente se le concedió la palabra a las sancionadas, quienes a viva voz expuso de forma clara lo siguiente: “Me doy por notificado de la decisión proferida y me comprometo a cumplir fielmente con los deberes que me ha impuesto el tribunal.
Dispositiva
Por todos los argumentos expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: impuesto formalmente el joven WILMER JOSÉ ZARRAGA LOPEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO 25.128.713 de las medida sancionatoria dictada por el Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescente, el cual acordó sancionarla al cumplimiento UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA en forma simultanea conforme a lo contemplado en el artículo 620 literal D Y B de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, el cual iniciará el día 10-11-2016 de Diciembre de 2016 (fecha de imposición) y culmina el día 10-11-2017 aproximadamente debiendo cumplir con las siguientes obligaciones como Reglas de Conducta: REGLAS DE CONDUCTA: 1.- Inscribirse en un curso de formación laboral. 2.- No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- No reunirse con personas de dudosa reputación. 4.- No incurrir en ningún otro hecho delictivo. 5.- No portar ningún tipo de arma ni municiones. 6.- prohibición de salir de su casa luego de las 10:00 de la noche. 7.- mantenerse activo laboralmente y consignar constancia de trabajo. 8.- Dirigirse al departamento de Libertad Asistida y someterse a las condiciones a las condiciones que le sean impuestas
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TERCERO: Se fija Audiencia de Verificación para el día 07 de Diciembre de 2017 a las 10:00 am. Se ordena librar las boletas de notificaciones a las partes.
CUARTO: Diríjase oficio al Departamento de Libertad Asistida a efecto de informarle sobre la decisión de este Tribunal.
Regístrese, publíquese en estricta sujeción a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Notifíquese.

JUEZA 1° SUPLENTE DE EJECUCIÓN
SECCIÓN ADOLESCENTE
ABG. JENY BARBERA.

ABG ORIANA ORTÍZ.
SECRETARIA
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