REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veintisiete de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º

ASUNTO: IP31-J-2015-001042

En el día de hoy, 27 de enero de 2016, siendo las de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la Audiencia Única de conformidad con lo establecido en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que por solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, intentara la ciudadana: LUCIA DEL CARMEN BENITEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.058.789, de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus hijos (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA)de ocho (08) Y cuatro (04) años de edad respetivamente, asistida por la Defensa Publica. Siendo el día y la hora fijada, se anuncia la respectiva audiencia en las puertas de este Circuito de Protección por parte de la Unidad de Alguacilazgo, constatándose la comparecencia de la ciudadana: LUCIA DEL CARMEN BENITEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.058.789, asistida por la Defensa Publica. Seguidamente, toma nuevamente la palabra la ciudadana Jueza, quien vista la comparecencia de los testigos propuesto por la parte solicitante, procede a su evacuación. En consecuencia, se procede a interrogar a la ciudadana MILVIA MAGALY MARTÍNEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.972.957, quien responde a las siguientes interrogantes de la siguiente manera: 1) ¿Diga el testigo si conoció de vista, trato y comunicación al ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA? Respuesta: SI; 2) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que el ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA falleció en fecha 03 DE JUNIO DE 2015? Respuesta: SI; 3) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que para la fecha de la muerte del ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA, tenía dos hijos de nombres (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA)? Respuesta: SI. 4) Diga el testigo si sabe y le consta que los únicos y universales herederos del ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA son (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA). Respuesta: SI. 5) Diga las razones de sus dichos. Respuesta: yo conozco a ángel desde hace 11 años desde que comenzó la relación con Lucia, el vivía en Sector Antonio José de Sucre, el vivía con su mama y su hermana. Es todo. Seguidamente se procede a interrogar al ciudadano JIMMY OCANDO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.974.080, quien responde a las siguientes interrogantes de la siguiente manera: 1) ¿Diga el testigo si conoció de vista, trato y comunicación al ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA? Respuesta: SI; 2) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que el ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA falleció en fecha 03 DE JUNIO DE 2015? Respuesta: SI; 3) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que para la fecha de la muerte del ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA, tenía dos hijos de nombres (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA)? Respuesta: SI. 4) Diga el testigo si sabe y le consta que los únicos y universales herederos del ciudadano ANGEL GUANIPA SON (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA). Respuesta: SI. 5) Diga las razones de sus dichos. Respuesta: yo lo conoci bastante hace aproximadamente 15 años, desde que comenzó la relación con la señora Lucia, el vivía en el Sector Antonio José de Sucre, murió de un disparo en un atraco. Es todo. Seguidamente se procede a interrogar al ciudadano ROBERT AVILA CURIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.386.575, quien responde a las siguientes interrogantes de la siguiente manera: 1) ¿Diga el testigo si conoció de vista, trato y comunicación al ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA? Respuesta: SI; 2) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que el ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA falleció en fecha 03 DE JUNIO DE 2015? Respuesta: SI; 3) ¿Diga el testigo si sabe y le consta que para la fecha de la muerte del ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA, tenía dos hijos de nombres (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA)? Respuesta: SI. 4) Diga el testigo si sabe y le consta que los únicos y universales herederos del ciudadano ANGEL GUANIPA (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA). Respuesta: SI. 5) Diga las razones de sus dichos. Respuesta: compartía mucho con él, lo conozco hace 7 años, estudiamos juntos en la universidad, en el sector Antonio José de Sucre, murió a causa de un balazo para atracarlo frente a su casa. Es todo. Ahora bien, examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante este Tribunal Primero, así como los documentos públicos con que se acompaña la presente solicitud, tales como el Acta de Defunción, las Actas de Nacimientos de los hijos y la respectivas copias de las cédulas de identidad, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16, ejusdem y en atención a lo solicitado, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ANGEL ALEXANDER GUANIPA GUANIPA, quien era venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.840.071, fallecido en fecha 03 de junio de 2015 a sus hijos (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de conformidad con los artículos 814 y 815 del Código Civil Venezolano, aplicado supletoriamente de conformidad con el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado. Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado. Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, a los 27 días del mes de enero de 2016. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA PRIMERA


ABOG. JENNY RODRIGUEZ LAMON.

LA SOLICITANTE

LUCIA DEL CARMEN BENITEZ MARTÍNEZ



DEFENSORIA PUBLICA


TESTIGOS



LA SECRETARIA,


ABG. JANNET RAMIREZ