REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control DVM
Coro, 10 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2014-000671
ASUNTO : IP01-S-2014-000671
Vista la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscal Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado procede a decidirla en los términos siguientes:
La presente averiguación se inició en fecha 15/01/2014, en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana adolescente: G. L. M. (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad Nº: V.- 25.457.261, en contra de LUIS CEDEÑO, (NO CONSTA MAS DATOS), por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La representación Fiscal, fundamentó su solicitud de sobreseimiento en el contenido del numeral 2 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, indicando que: El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad.
Observa este Tribunal que, ciertamente, de las actas que conforman la presente causa N° MP-16079-2014, de manera que resulta inoficioso continuar con una investigación que no arrojará distintos resultados; siendo procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido al ciudadano LUIS CEDEÑO, (NO CONSTA MAS DATOS), a tenor de lo establecido en el numeral 2 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que: el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad. Asimismo, cesa cualquier medida de protección y de seguridad, así como cautelar que se hubiere dictado durante el transcurso del proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 301 eiusdem. Y ASÍ SE DECLARA.
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de los Tribunales de Violencia contra la Mujer del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano LUIS CEDEÑO, (NO CONSTA MAS DATOS) por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. en perjuicio de la ciudadana G. L. M. (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad N°: V.- 25.457.261, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral y 109 del Código Penal y por consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 del referido Código Adjetivo.
Se ordena publicar las boleras de la víctima y del imputado en la cartelera de este Circuito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que no consta en el expediente las direcciones.
Regístrese, déjese copia, notifíquese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Departamento de Archivos Judiciales con la finalidad de su cuido y conservación.
LA JUEZA PRIMERO DE CONTROL AUDIENCIAS Y MEDIDAS DVM
ABG MARIANA LOYO DI NARDO
LA SECRETARIA
MARÍA TINOCO
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