…PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, veintiséis de febrero de dos mil dieciséis.------------------------------------------------------------

Años: 205º y 157º

Vista la anterior solicitud la cual fue admitida por auto de esta misma fecha, presentada por la ciudadana FATIMA SOHENGRY MARQUEZ PÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V-6.850.463, domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, y aquí de tránsito, actuando con el carácter de Vicepresidenta de la sociedad mercantil AGROPECUARIA TORNADO, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de Valencia, Estado Carabobo, en fecha 31 de enero de 2012, anotada bajo el N° 51, Tomo 12-A, condición y facultad que se evidencia en Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, registrada por ante la misma Oficina de Registro, inserta en el Tomo 240-A, N° 19, año 2015, las cuales presentó en original para su vista y devolución, asistida en este acto por la Abg. MARÍA GIULIANA GRIPPI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.253.365 e INPREABOGADO N° 188.396, domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, en la que requiere le sea decretado TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que ha construido, con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expresas, en terreno propiedad de su representada, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Publico de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure del Estado Falcón, en fecha 13 de noviembre de 2015, bajo el N° 7, folios 39 al 43, Tomo 14, Protocolo Primero, ubicadas en el Sector Centro, calle Las Industrias, sector 001, Manzana N° 012, Parcela N° 004, Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, cuyos linderos, medidas, características, formas de construcción y demás determinaciones especifica la solicitante en el escrito presentado, al cual se le dio entrada bajo el Nº S-2301-2016. Vistas y analizadas las declaraciones rendidas ante éste Tribunal por los testigos, ciudadanos CRISTOBAL JOSÉ SÁNCHEZ PRIMERA y MARYORI MAXIMINA GAUNA MONTERO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-16.521.518 y V-15.458.457, domiciliados Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, respectivamente; habiendo estudiado el caso el Tribunal declara bastantes las probanzas evacuadas para asegurarle a la sociedad mercantil AGROPECUARIA TORNADO, C.A., arriba identificada, EL DERECHO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías mencionadas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con Resolución Nº 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la solicitante original de las presentes actuaciones junto con sus resultas. Cúmplase.------------------------------------------------------

El Juez Provisorio,


Abg. ALVARO LUIS WELMANS GONZÁLEZ


La Secretaria,


Abg. ANA MONTERO ARTEAGA




NOTA: En la misma fecha se devolvió original con sus resultas, constante de siete (07) folios útiles. Conste.---

Secretaría,













EXP. Nº S-2301-2016