REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 16 DE FEBRERO DEL 2.016.
AÑOS: 205º Y 156º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CARLOS ENRIQUE ALVAREZ CORTEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.375.111, venezolano, mayor de edad, soltero, de oficio Comerciante, domiciliado en el sector lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión Estado Falcón, civilmente hábil, asistido en este acto por la abogada en ejercicio GREGORIA ROBERTIZ, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 195.042, titular de la cédula de identidad N° V-6.984.855, con domicilio procesal en la Población de Agua Larga, Casa sin N° Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: CARLOS ENRIQUE ALVAREZ CORTEZ, sobre: unas bienhechurías constantes de una Casa de Habitación Familiar, la Casa esta Edificada con paredes de bloque de cemento, friso por Ambas caras, Instalaciones Eléctrica, Instalaciones de Aguas Blancas y Negras, dos (2) Cuartos, Una (01) Sala, Una (01) Cocina, Un (1) Baño, Un (01) Comedor, Un (1) Porche, Un (01) Corredor, piso de Cemento pulido, techo de zinc, ventanas y puertas de metal, las mismas se encuentran enclavadas en Terrenos Municipales, en una extensión Superficial de: DOSCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTÌMETROS CUADRADOS (213.50.M2). Con un Àrea de Construcción de: SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (69.88. M2) ubicada en el Sector Lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz, Municipio Uniòn Estado Falcón, siendo sus linderos generales los Siguientes:
NORTE: Con Propiedad de Eliseo Martínez.
SUR: Con Propiedad de Ysidro López.
ESTE: Con Calle José Leonardo Chirinos.
OESTE: Con Posesión de Carlos Álvarez y Leimara Puerta.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: QUINIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (550.000, Bs.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIESISEIS (16) DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL DIESISEIS. (16-02-2.016.) AÑOS: 205° Y 156°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.