Hoy, veintiuno (21) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo las 08:50 de la mañana, día fijado por este Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio en la causa IP31-V-2016-000091, con motivo de la pretensión concerniente a REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que incoara el ciudadano JORGE JOSE URBINA GUASAMUCARE, titular de la cédula de identidad Nº V-25.605.046, debidamente asistido por el Abogado AMER RICHANI, inscrito ante el IPSA bajo el Nº 35.685, en beneficio de la niña CAMILA SOFIA URBINA GARCIA, en contra de la ciudadana FRAYNALY MARIA GARCÍA CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V-27.005.117; se apertura formalmente el acto por el Juez de Juicio, ABG. ALEXANDER LÓPEZ DELEÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 484 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; siendo constatada por la Secretaria de este Tribunal, ABG. JANNET RAMÍREZ MONTEZ, la comparecencia de la parte peticionaria ciudadano JORGE JOSE URBINA GUASAMUCARE, titular de la cédula de identidad Nº V-25.605.046, debidamente asistido por el Abogado AMER RICHANI, inscrito ante el IPSA bajo el Nº 35.685, así mismo como la comparecencia de la parte demandada FRAYNALY MARIA GARCÍA CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V-27.005.117, conjuntamente con la Defensa Pública Abg. DEYWIN GALICIA; Se deja constancia que la presente audiencia de juicio no está siendo reproducida de forma audiovisual por no contar con mini DVD para la grabación de la misma; seguidamente las partes exponen al ciudadano Juez que llegaron a un acuerdo con respecto al Régimen de Convivencia Familiar. Acto seguido expone el ciudadano Juez; Este Juzgador considera qué, por cuanto la solicitud no es contraria al Orden Público, ni a las Buenas costumbres, ni a Disposición expresa de Ley alguna, y por cuanto se cumple con lo preceptuado en el Artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y de Adolescentes,