REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
CHURUGUARA, 20 DE JULIO DE 2016
AÑOS: 206º Y 157º.
Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, con sus recaudos anexos, recibida por DISTRIBUCION de fecha: 14-07-2016, presentada por los ciudadanos: NANCY VERONICA VARGAS CORDOVA y DEIVYS JHOAN GAUNA GARCES, Conyugues, venezolanos, mayores de edad, la Primera Licenciada en Educación y el Segundo Chofer, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.933.028 y V-18.888.783, respectivamente, domiciliados la Primera en el Sector “El Mille”, Parroquia Maparari, Municipio Federación, Estado Falcón y el Segundo en el Sector “San Pedro” Parroquia Maparari, Municipio Federación, Estado Falcón, asistidos en este acto por la abogada NANCYS COROMOTO ZEA TORRES, Titular de la cédula de Identidad N° V-3.833.299, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 155.787, con domicilio Procesal en la Calle Municipal entre Calle San Rafael y San Antonio, sector la Planta Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Désele entrada fórmese Expediente, numérese y tómese razón en el libro correspondiente, por cuanto la misma no es contraria al orden público ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, y por cuanto se da cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 189, del Código Civil Venezolano y 762 del Código de Procedimiento Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho, se le da entrada y estando presentes los solicitantes SE DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS en los mismos términos indicados en el libelo que encabeza estas actuaciones.
Se comisiona al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los fines de la Practica de la Notificación al Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y Fórmese Expediente.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ. EL SECRETARIO ACC.
ABG.JUAN CARLOS BELLO P.-
NOTA: En la misma fecha se formó Expediente quedando anotado bajo el Nº 657-2.016. Así mismo se libró Boleta de Notificación a la Ciudadana Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Conste.-
EL SECRETARIO ACC.
ABG.JUAN CARLOS BELLO P.-
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