REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 12 de Julio de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2014-005981
ASUNTO : IP01-P-2014-005981
EJECUTORIEDAD Y CÓMPUTO DE LA PENA.
Recibidas las presentes actuaciones provenientes del Tribunal segundo de primera instancia en funciones de juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en virtud de la sentencia condenatoria dictada y declarada firme mediante la cual condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal a los ciudadanos WILLIAM JOSÉ IRIGOYEN OZAL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.050.493; DEIVI RAMÓN VALLES HUMANES; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20. 513.982, FRANKLIN LEHABIN VEGAS BOSETT; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.531.609, CARLOS ARNOLDO TORRES ORTEGA; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.915.646, YONATHAN ANTONIO PINTO CONTRERAS; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO en grado de coautoría, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal y adicionalmente a los ciudadanos DEIVI RAMÓN VALLES HUMANES CARLOS ARNOLDO TORRES ORTEGA y YONATHAN ANTONIO PINTO CONTRERAS, la comisión del delito de PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo54 de la ley contra la corrupción.
Se aprecia del expediente que los penados fueron detenidos por primera y única vez el día 11 de agosto de 2014, manteniéndose privado de libertad hasta la presente fecha, por lo que han estado bajo cumplimiento de pena durante UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y UN (01) DÍA. Cumplen la pena para la fecha 11 de agosto de 2020.
Opta por las formulas alternativas de cumplimiento de pena en el siguiente orden:
1. Destacamento de trabajo: Para la fecha 11 de agosto de 2017.
2. Régimen abierto: Para la fecha 11 de agosto de 2018
3. Libertad condicional: Para la fecha 11 de diciembre de 2018
Opta por confinamiento al cumplir ¾ de la pena impuesta, la cual corresponde al 11 de diciembre de 2018.
DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón DECLARA, PRIMERO: FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA en contra WILLIAM JOSÉ IRIGOYEN OZAL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.050.493; DEIVI RAMÓN VALLES HUMANES; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20. 513.982, FRANKLIN LEHABIN VEGAS BOSETT; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.531.609, CARLOS ARNOLDO TORRES ORTEGA; venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.915.646, YONATHAN ANTONIO PINTO CONTRERAS; condenados a SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO en grado de coautoría, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal y adicionalmente a los ciudadanos DEIVI RAMÓN VALLES HUMANES CARLOS ARNOLDO TORRES ORTEGA y YONATHAN ANTONIO PINTO CONTRERAS, la comisión del delito de PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo54 de la ley contra la corrupción. SEGUNDO: Se efectúa cómputo de pena correspondiente al precitado penado conforme a lo pautado en el artículo 474 del Código Orgánico procesal Penal.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, anexo copia de la sentencia dictada y del cómputo definitivo y a su vez requiriendo el certificado de antecedentes penales que pueda tener el penado. Se acuerda el traslado del tribunal a la sede de la comunidad penitenciaria del estado Falcón a fines de imponer al penado de la presente decisión.
EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
KAILYMAR CÓRDOBA
|