REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo,
Punto Fijo, veintiuno de junio de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: IP31-V-2015-000143

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada María Gabriela Reyes Chirino, actuando en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público por medio de la cual solicita la ejecución de la sentencia dictada en fecha veinticuatro (24) de noviembre de dos mil quince (2015), este Tribunal observa y se pronuncia: En contra de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 24/11/2015, se escuchó recurso de apelación bajo efecto devolutivo y no suspensivo. Ahora bien, siendo que en fecha 04-02-2016, la parte recurrente consigno copias certificadas para la resolución de la apelación, asimismo en fecha 11-02-2016, motivo por el cual este Juzgador ordenó la remisión de las copias certificadas consignadas al Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante oficio, para que conozca del recurso de apelación interpuesto, asimismo, vista la solicitud de ejecución y ante la falta de competencia de este Tribunal en materia de ejecución, por cuanto la misma fue atribuida mediante resolución del Tribunal Supremo de Justicia a los Tribunales de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, y siendo que no existe ninguna otra actuación procesal por parte de este Tribunal al haber dictado sentencia definitiva que se encuentra a la espera de firmeza, y visto que la causa no se encuentra suspendida por efectos del recurso interpuesto,