REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo,
Punto Fijo, veintiuno de junio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : IP31-V-2014-000310
Hoy, veintiuno (21) de junio de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:00 de la mañana, día fijado por este Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio en la causa IP31-V-2014-000310, con motivo de la pretensión concerniente a Ofrecimiento de Obligación de manutención, incoado por el ciudadano OMAR ENRIQUE ARIAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.018.382, en contra de la ciudadana JOSNELYS ADELINA GOMEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.157.132; se apertura formalmente el acto por el Juez de Juicio, ABG. ALEXANDER LOPEZ DELEÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 484 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; siendo constatada por la Secretaria de este Tribunal, ABG. JANNET RAMÍREZ MONTEZ, se deja constancia de la incomparecencia de la parte peticionaria ciudadano OMAR ENRIQUE ARIAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.018.382, de igual forma la incomparecencia de la parte demandada ciudadana JOSNELYS ADELINA GOMEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.157.132., y la comparecencia del Fiscal Noveno del Ministerio Público ABG. HELME GERÓNIMO ALIENDO CORDERO. Se deja constancia que la presente Audiencia de Juicio no está siendo reproducida de forma audiovisual por problemas presentados al equipo. Seguidamente toma la palabra el ciudadano Juez quien expone: En virtud de la no comparecencia de las partes interesadas en el presente procedimiento en cuatro oportunidades, como se puede evidenciar en los diferentes autos de diferimiento emitidos, este Tribunal a los fines de garantizar el acceso a la justicia a otros justiciables que se ven afectados por estar copada la agenda de audiencias de juicios, por una causa en la cual las partes no tiene ningún interés,