REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 14 de junio de 2.016
Años: 205º y 157º
VISTOS
EXPEDIENTE: 1814


SOLICITANTE:
ADOLFREDO ENRIQUE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-3.096.363; domiciliado en la ciudad de Santa Ana de del Estado Falcón.

ABOGADO ASISTENTE RAMÓN EMILIO REYES AULAR, Inpreabogado Nº 181.878, domiciliado en la Urbanización Las Eugenias, Calle 3.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO

Se inicia la presente mediante solicitud presentada para su distribución en fecha 17/12/2.015, correspondió a este Tribunal, presentada por ADOLFREDO ENRIQUE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-3.096.363; domiciliado en la ciudad de Santa Ana de del Estado Falcón.. Debidamente Asistido por el Abogado RAMÓN EMILIO REYES AULAR, Inpreabogado Nº 181.878, domiciliado en la Urbanización Las Eugenias, Calle 3.
Ahora bien, el solicitante de autos indica que su acta de ACTA DE NACIMIENTO, distinguida con el N° 165 del Año 1946, se identificó a su madre como ANGELICA GUADALUPE HERNANDEZ siendo esto incorrecto por cuanto su verdadero nombre es: ANGELICA HERNANDEZ conforme se evidencia en la copia de a Cédula de Identidad y datos filiatorios anexas al expediente.
Ahora bien, del análisis realizado a los documentos anexos que se acompañan a la presente solicitud, este Tribunal pudo constatar el error en que incurrió el funcionario redactor. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano: ADOLFREDO ENRIQUE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-3.096.363; domiciliado en la ciudad de Santa Ana de del Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado RAMÓN EMILIO REYES AULAR, Inpreabogado Nº 181.878, domiciliado en la Urbanización Las Eugenias, Calle 3. SEGUNDO: Se ordena a la Comisión de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, rectificar el acta de NACIMIENTO distinguida con el N° 165, de Año 1946 del ciudadano: ADOLFREDO ENRIQUE HERNANDEZ de la siguiente manera: en donde se identificó a su madre como ANGELICA GUADALUPE HERNANDEZ debe decir ANGELICA HERNANDEZ, que es lo correcto. TERCERO: Líbrese copia certificada del fallo, a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil. CUARTO: Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON EN SANTA ANA DE CORO, Catorce (14) de Junio DE DOS MIL DIECISEIS (2016). AÑOS: 205 DE LA INDEPENDENCIA Y 157 DE LA FEDERACION.
La Juez Titular, La Secretaria Titular


Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta


NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 10:00 AM., previo el anuncio de Ley. Conste. Aszp
La Secretaria Titular


Abg. Mariela Revilla Acosta



EXP. 1814