REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 21 de Junio de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2013-000158
ASUNTO : IP01-D-2013-000158

CESE DE MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA.

Siendo que ha transcurrido el lapso de ley para el cumplimiento de la sanción impuesta a DANIEL JESUS CASTRO SUAREZ 25.370.793 titular de la cédula de identidad Nro 26.110.911, este Tribunal pasó a revisar si se dio cumplimiento a las condiciones y sanción impuesta, por el Tribunal Segundo de Control Responsabilidad Penal Adolescente:

Revisadas las actuaciones se evidenció que el adolescente DANIEL JESUS CASTRO SUAREZ titular de la cédula de identidad Nro 25.370.793 1fue sancionado a cumplir UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA. cumpliendo las siguientes condiciones: 1) Mantenerse activo académicamente o laboralmente. 2) Realizar una actividad comunitaria bajo la supervisión de la unidad Socio Educativa quien podrá canalizarlo a través del Consejo Comunal de la zona del sancionado 3) la prohibición de mantenerse altas horas de la noche fuera de su casa sin la compañía de sus padres, 4) La prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y asistir a la ONA a los efectos de que le practiquen el tratamiento correspondiente o en su defecto sea canalizado talleres por la entidad de formación Socio Educativa. 5. la prohibición de reunirse con personas de dudosa reputación y que estén incursos en algún hecho punible. 6. La obligación de presentarse en la casa ANDRES BELLO a los efectos de que sean evaluados por el equipo multidisciplinario de la misma y canalicen el cumplimiento de las reglas de conducta 7.- La obligación de mantenerse realizando actividades deportivas el cual comenzó a computarse desde el día 12-1-2015 y culminando en fecha 12-1-2016; .

De la revisión del asunto se puede observar que dicho ciudadano fue sancionado en fecha 05-12-2013, a cumplir con el lapso de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, antes mencionadas por el TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL SECCIÓN PENAL ADOLESCENTE y siendo que se observa que dicho joven cumplió a cabalidad con las obligaciones impuestas por dicho Juzgado, una vez verificado en el expediente Constancia de Estudio y de Trabajo y el cumplimiento efectivo de las obligaciones antes mencionadas; ; es por lo que este despacho de conformidad con el articulo 647 literal “h” decreta el CESE de la Medida impuesta al adolescente, y en consecuencia se decreta su libertad plena a dicho adolescente en lo que respecta al presente asunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 645 ejusdem, Y así se decide.

Dispositiva
En consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO Decretar el CESE de la medida de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA al joven DANIEL JESUS CASTRO SUAREZ titular de la cédula de identidad Nro 25.370.793 toda vez que se verificó que cumplió a cabalidad la sanción que le fue impuesta por el Tribunal Segundo de Control de Responsabilidad Penal Adolescente, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Se decreta la libertad plena de los joven adulto antes mencionado en lo que respecta al presente asunto penal, por cumplimiento de la sanción, conforme a lo dispuesto en el articulo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Registre y Publíquese la presente decisión, notifíquese a las partes intervinientes y desincorpórese de los asuntos activos de este Juzgado. Líbrese oficio al Archivo de este Circuito Judicial Penal.

La Juez Su0plente Primero de Ejecución
Sección Pena Adolescente.
Abg. JENY BARBERA

La Secretaria
ABG ORIANA ORTIZ.