REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 7 de Marzo de 2016
205º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-R-2016-000039
ASUNTO : IP01-R-2016-000039

JUEZ PONENTE: RHONALD DAVID JAIME RAMÍREZ.

Visto el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Omar Colina Morrell, Defensor Publico Cuarto Penal Ordinario de esta Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contra la decisión dictada en fecha 10 de Marzo de 2015, por el Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, mediante la cual, declara SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento Judicial presentado en fecha 11 de Septiembre 2014 por el Defensor Público Penal, encargado de la defensa del ciudadano DICSON JOSE VARGAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 15.236.627 y a quien se le sigue proceso judicial por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 del Código Penal, en perjuicio de su esposa, la ciudadana ANA IRIS SANCHEZ Y EL ESTADO VENEZOLANO.

En fecha 22 de Febrero de 2016, se da entrada al presente asunto y se designa como ponente al Abg. RHONALD DAVID JAIME RAMÍREZ.

De manera que, al haber sido interpuesto el recurso de apelación ante el Tribunal que dictó el fallo en el término que establece el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, y no estar comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad determinadas en el artículo 428 eiusdem en virtud de que ejercicio el recurso en fecha 17/03/2015, y se dio por notificado en fecha 16/03/2015, esto es al siguiente día hábil de la notificación del auto recurrido, evidenciando esta sala que corre inserta en el asunto principal IP11-P-2012-006454 boleta de notificación dirigida al Defensor Publico Cuarto, de igual manera fue emplazada la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Publico dándose por emplazada en fecha 07/09/2015, quien no ejerció contestación alguna del recurso presentado, es por lo cual esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada conforme a lo previsto en el artículo 442 ibidem.


Las Juezas y los Jueces de la Corte,


Abogada GLENDA ZULAY OVIEDO RANGEL
Jueza Titular y Presidenta


Abg. RHONALD DAVID JAIME RAMÍREZ
Juez Provisorio y Ponente


Abg. CARMEN ZABALETA
Juez Provisoria




Abogada Jenny Oviol Rivero
La Secretaria

En esta fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria.

Numero de Resolución: IG0120160000237.