REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 9 de Mayo de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-R-2014-000047
ASUNTO : IP01-R-2014-000047


JUEZ PONENTE: CARMEN NATALIA ZABALETA

El día 09 de Mayo de 2016 se dio ingreso en esta Corte de Apelaciones Accidental al presente escrito de solicitud interpuesta la imputada Betty Albertina Gotilla Navas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.177.579, actualmente recluida en la Comandancia General de Polifalcon, en virtud del cual solicita su traslado médico para el Hospital General de esta Ciudad de Coro del estado Falcón a fin de que se le realice una evaluación ginecológica para el día martes diez (10) de Mayo del presente año , a las 7 horas de la mañana, a los fines de asistir a Consulta Ginecológica según se evidencia de tarjeta de control de citas, el cual anexa en copia fotostática, motivo por el cual procederá esta Alzada a decidir previa las consideraciones siguientes:



DE LOS TÉRMINOS DE LA SOLICITUD

Expresó la imputada Betty Albertina Gotia Navas lo siguiente:

Que solicita muy respetuosamente se ordene su traslado médico para el Hospital General de esta Ciudad de Coro del estado Falcón a fin de que se le realice una evaluación ginecológica, el día martes diez (10) de Mayo de 2016 según copia de tarjeta de control el cual anexa en copia fotostática.

MOTIVACIONES PARA RESOLVER

Visto los términos en que ha sido expuesta la solicitud presentada de fecha en fecha 03 de Mayo de 2016 por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal y recibido en fecha 09 de Mayo de 2016 por esta Corte de Apelaciones Accidental, referente al traslado medico de la imputada ciudadana Betty Albertina Gotia Navas, titular de la cedula de identidad Nº 12.177.579 al Hospital general de Coro del estado Falcón la cual requiere una evaluación ginecológica, es preciso aludir lo siguiente:
Dispone el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia…(omissis)”
Por otra parte, el artículo 43 eiusdem establece: “El derecho a la vida es inviolable. (Omissis)”…El estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.”
Ahora bien, vista la necesidad de que la procesada BETTY ALBERTINA GOITIA NAVAS, reciba asistencia médica que consiste en una evaluación ginecológica, que le garantice el derecho a la salud, se acuerda su traslado para el día martes 10.05.2016 a las 7 am con las seguridades que el caso amerita, al Hospital General de Coro, para lo cual se ordena oficiar al Comandante de la Policía del estado Falcón de esta ciudad para que ordene el traslado desde esa sede hasta el Hospital General de Coro, informándosele que una vez que sea practicado en el mencionado examen sea nuevamente trasladada a dicha sede, con las seguridades de ley .
DISPOSITIVA
En suma de todo lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA EL TRASLADO de la ciudadana BETTY ALBERTINA GOITIA NAVAS titular de la Cédula de Identidad Nº 12.177. 579 desde donde se encuentra, Comandancia General de Polifalcón de esta Ciudad del estado Falcón hasta el Hospital General de Coro del estado Falcón Dr. Alfredo van Grieken, el día martes 10 de Mayo de 2016 a las 07:00 A.M, para que le sea practicado examen ginecológico, cumplida la misma se deberá proceder al traslado de la mencionada ciudadana hasta su centro de reclusión la Comandancia General de Polifalcón , Cúmplase. Líbrese oficio.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, a los nueve (9) días del mes de Mayo 2016.


CARMEN NATALIA ZABALETA
JUEZA PROVISORIA PRESIDENTA (accidental)

RHONAL JAIME RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO
ALFREDO CAMPOS LOAIZA
JUEZ SUPLENTE

JENNY DEL CARMEN RIVERO
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria
Resolución N° IGO12002016 000337