NARRATIVA
La parte actora Candida Rosa Lara, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.704.146, domiciliada en el Sector San Diego, Fundo El Talismán, Municipio Petit del Estado Falcón, debidamente representada por el Defensor Público Segundo Agrario del Estado Falcón Abogado Juan Carlos Dorante, venezolano, mayor de edad e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 227.525 y de este domicilio, quien solicitó Medida de Protección a la Actividad Agrícola del Fundo El Talismán, por cuanto ha surgido un conflicto con los ciudadanos Rafaela Ventura, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.473.782, Timoteo Martínez y Ángel Luís Aguilar.
Manifiesta la parte actora que su hermano Adelis Lara, titular de la cédula de identidad Nro. 12.132.172, le dio en venta una parcela al ciudadano Jesús Alexander Ventura (hijo de la Señora Rafaela Ventura), su hermano le dio copia del documento de las tierras que tienen aproximadamente una superficie de Una Hectárea con Dos Mil Seiscientos Noventa y Cuatro Metros (1 Has con 2.694 Mts2), posteriormente la Señora Rafaela Ventura acudió al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), a objeto de tramitar los documentos relacionados con dicha parcela. Igualmente, le di prestado una vivienda construida sobre la parcela a los ciudadanos Timoteo Martínez y Ángel Luís Aguilera para que vivieran allí hasta que terminaran de construir los trabajos que había ordenado a hacer la Señora Rafaela Ventura, ya que estos ciudadanos son trabajadores de la Señora Rafaela Ventura. Seguidamente la Señora Candida Lara se dirigió a la sede del I.N.T.I. Región Falcón a objeto que le adjudicaran las tierras a ella y a su hermana Yolanda Lara, pero el I.N.T.I. le había otorgado a la Señora Rafaela Ventura Titulo de Garantía de Permanencia de las Tierras. Visto los hechos ocurridos me dirigí a la Defensa Pública Agraria a solicitar me representaran ante los Tribunales Agrarios para solicitar Medida de Protección a la Actividad Agrícola, apoyada en nuestra Constitución en su artículo 305 a los efectos que se me reintegraran mis tierras. Así mismo, solicite inspección judicial a objeto de que el Tribunal Agrario se trasladara al Sector San Diego de la parroquia Curimagua del Municipio Petit del Estado Falcón a objeto de dejar constancia: 1) Actividad productiva agrícola desarrollada dentro de El Fundo El Talismán, así como el numero de familias que ocupa el Fundo, 2) Dejar constancia de las dos casas que se encuentran dentro del Fundo y que en una de ellas viven los ciudadanos Timoteo Martínez y Ángel Luís Aguilera, 3) Que se deje constancia que construyeron una pared frente de mi casa que me impide el paso, 4) Que se deje constancia de las cercas perimetrales que componen el Fundo y las condiciones de rubros existentes sembrado y estado actual de los mismos.
En fecha 01 de Agosto de 2016 este Tribunal procede a fijar inspección judicial a los efectos de trasladarse y constituirse en el fundo El Talismán, ubicada en el Sector San Diego, Parroquia Curimagua del Municipio Petit del Estado Falcón.
En fecha 05 de Agosto de 2016, el Tribunal Agrario se trasladó y constituyó en el fundo El Talismán a los efectos de practicar inspección judicial y se ordeno librar oficios.
De revisión efectuada se observa que la parte demandada no hizo oposición a la Medida por lo que se declara Definitivamente Firme.
Igualmente, el Tribunal celebró Audiencia Conciliatoria a solicitud de parte en la cual se dilucidó la problemática surgida sobre los terrenos del fundo El Talismán, la cual fue fijada para la fecha 10 de Noviembre de 2016 a las 02:00 p.m., compareciendo en esta audiencia la ciudadana Candida Rosa Lara Chirino, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.704.146, y la ciudadana Rafaela Coromoto Ventura, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.473.782, en la audiencia la ciudadana Candida Lara Chirino reconoció y manifestó que su hermano Adelis Lara le vendió un lote de terreno en la parcela del fundo El Talismán a la ciudadana Rafaela Coromoto Ventura, quien le propuso a la ciudadana Candida Lara Chirino que se dividiera la parcela en partes iguales a objeto de solucionar el problema, manifestante la Señora Rafaela Ventura que el portón de metal colocado en la pared del frente de la parcela – carretera Nacional, es de su propiedad y que la Señora Candida Lara hable con sus hijos a los fines de evitar peleas y malos momentos entre sus hijos. Seguidamente el Defensor Agrario Abogado Juan Carlos Dorante, solicitó a este Tribunal que se traslade nuevamente al fundo El Talismán a objeto de que se materialice el presente convenimiento entre las partes. Seguidamente manifiesta la ciudadana Candida Lara Chirino, que acepta y esta de acuerdo con la propuesta hecha por la ciudadana Rafaela Ventura y que le provea de aproximadamente dos (02) meses contadas a partir de esta audiencia para construirle una vivienda a sus trabajadores Timoteo Martínez y Ángel Luís Aguilar, manifiesta la Señora Rafaela Ventura que una vez arreglado el problema ella dará inicio a una siembre que tiene programada, libre de cualquier problema o perturbación por parte de la ciudadana Candida Lara Chirino y/o sus familiares.
El Tribunal se trasladará al fundo El Talismán ubicado en el Sector San Diego, Parroquia Curimagua del Municipio Petit del Estado Falcón, a objeto de efectuar las mediciones correspondientes y dividir la parcela, tal cual convinieron las partes. Se fija el traslado para el Quinto (5°) día de Despacho a las 08:30 a.m., contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente decisión. Líbrese oficio a las autoridades Policiales del Municipio a objeto de que acompañe al Tribunal al fundo El Talismán.
La Juez Suplente Especial
Abg. Nelly Castro Gómez
La Secretaria
Abg. Angineb Matos Romero
NOTA: Se libró oficio en la misma fecha, como esta ordenado en el auto que antecede. Conste Coro Fecha Ut-Supra.
La Secretaria
Abg. Angineb Matos Romero
|