REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
MAPARARI, 10 DE OCTUBRE DE 2.016
AÑOS: “206° y 157°”
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la Ciudadana: ELEMIDA ANTONIA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº. 6.765.672, domiciliada en el Sector María Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio NELSON JESUS HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Personal N°. 11.475.948, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N°. 171.211, con DOMICILIO PROCESAL en la Urbanización Lomas del Este de Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón. Examinados como han sido los DOCUMENTOS CONSIGNADOS por la parte interesada el PLANO TOPOGRAFICO DEL TERRENO debidamente revisado por la JUNTA DE LA POSESION INDÍGENA DE AGUA LARGA Parroquia Agua Larga, Municipio Federación Estado Falcón y AUTORIZACION de TERRENO de la misma JUNTA DE LA POSESION INDÍGENA DE AGUA LARGA Parroquia Agua Larga, Municipio Federación Estado Falcón, e igualmente las declaraciones de los testigos JORGE ANTONIO HERNANDEZ MEDINA y AURA RAMONA RIVERO, venezolanos, solteros, titulares de las Cedulas de Identidad Personales Nros. 3.544.678 y 7.470.281, respectivamente, mayores de edad, el primero comerciante y la segunda agricultora, domiciliados ambos en el Sector María Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, promovidos en el presente asunto y rendidas por ante este Tribunal en Fecha 07-10-2.016. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de Fecha 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de la Ciudadana: ELEMIDA ANTONIA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº. 6.765.672, domiciliada en el Sector María Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, sobre unas bienhechurias que poseen un área de construcción de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98,00 MTS2), constituidas por UNA (01) CASA de habitación familiar, construida con paredes de bloques de cemento, piso de cemento rustico para colocar cerámica, techo platabanda, puertas y ventanas de vidrio metal, distribuida de la siguiente manera: una (01) sala de recibo, una (01) cocina-comedor, un (01) corredor, tres (03) cuartos dormitorios, una (01) sala de estar, una (01) sala de baño interna y una (01) sala de lavandería. Dichas bienhechurias se encuentran enclavadas en TERRENOS de la COMUNIDAD INDIGENA de Agua Larga, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación Estado Falcón con una medida superficial de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (2.558,32 M2), ubicada en el Sector Julio Rodríguez de María Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, cuyos linderos son: NORTE: Con bienhechuria de Yancarlos Hernández, SUR: Con calle Las Flores, que es su frente, ESTE: Con bienhechuria de Jesús Hernández, OESTE: Con bienhechuria que son o fueron de Alejandro Álvarez. El valor de dicha bienhechuría es la cantidad CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 450.000,00).
Entréguese a la parte interesada original de su solicitud con todas las declaraciones, previa CERTIFICACIÓN por SECRETARIA de una COPIA de las mismas, la cual se dejará en el archivo de este Tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Mapararí, a los DIEZ (10) días del mes de OCTUBRE del Dos Mil Dieciséis (2.016). Años: 206° y 157°.- EL JUEZ PROVISORIO. ABOG: ARCANGEL REYES HERNANDEZ.- LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES.-NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES