REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro, 26 de Septiembre de 2016
Años: 205 y 156°.-


EXPEDIENTE Nº: 228-2016

SOLICITANTE: LUISA DEL CARMEN GARCÍA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.296.391, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón.

ABOGADO ASISTENTE: RAMÓN E. REYES AULAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 181.878.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana LUISA DEL CARMEN GARCÍA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.296.391, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistido por la Abogado en ejercicio: RAMÓN E. REYES AULAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 181.878, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 181.878.
Alega el solicitante que se le rectifique el error cometido en el Acta de Defunción No.218, de fecha 30/03/2016, perteneciente a su difunta Padre, asentada en los libros llevados por el Registro Civil del Municipio Miranda del estado Falcón. Dicho error material consiste en que al momento de transcribir el segundo nombre de la solicitante como CARMEN en un error lo que origina la solicitud de Rectificación, según el Artículo 769 y 773 del Código del Procedimiento Civil.
Ahora bien, de la revisión de las pruebas que acompañan la presente solicitud a saber: 1. Copia certificada del Acta de defunción, 2. Copia fotostática de la Cédula de Identidad de la solicitante, 3. Planilla de los Datos Filiatorios expedida por el SAINE Oficina Coro.- este Tribunal observa que ciertamente en el acta de Defunción de su difunto Padre, el segundo nombre está escrito como “Carmen”, siendo el nombre correcto “LUISA DEL CARMEN”, por lo tanto, se evidencia que existe un error material que debe ser corregido. Y ASI SE DECLARA.
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa y, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, del ciudadano DOMINGO ANTONIO GARCÍA GONZÁLEZ,
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y al Registrador Civil Principal de la Circunscripción Judicial ambos del estado Falcón, rectificar el Acta de Defunción, inserta en los Libros de Defunciones, bajo el Nº 1123, correspondiente al año 2012.
TERCERO: Estampar la nota marginal correspondiente en los asientos del Acta de Defunción respecto al segundo nombre de la ciudadana LUISA DEL CARMEN GARCÍA DE PEREIRA, donde se colocó el segundo nombre del solicitante como “CARMEN” siendo lo CORRECTO es que diga: “LUISA DEL CARMEN”.
CUARTO: Líbrense Sendas Copias Certificadas de la Decisión a las autoridades indicadas, de conformidad con el artículo 506 del Código Civil, a los fines acordados; autorizándose a el Secretario Accidental de este Despacho, Abg. Vladimir Martinez, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.927.388, para que certifique dicha copia, previa confrontación con su original, según con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.


PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Anéxese a la pieza principal el presente dispositivo. Cúmplase con lo ordenado.
Dado, Firmado, Sellado y Refrendado en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, a los 26 días del mes de Septiembre del año 2016. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

La Jueza,

Abg. Denny Cuello
El Secretario Acc.,

Abg. Vladimir Martinez

NOTA: La anterior decisión se dictó y publicó en esta misma fecha a la hora de las 11:30 a.m., previo el anuncio de Ley. Se formó expediente ordenado, quedando anotado bajo el Nº 228-2016, constante de_____ folios útiles, en los libros respectivos. Igualmente se libraron Oficios Nros: 299-2016 y 300-2016, al Coordinador del Registro Civil, Seguridad y Orden Público del Municipio Miranda del estado Falcón y al Registro Principal del estado Falcón, conforme al artículo 506 del Código Civil. Coro. Fecha Ut-Supra.

El Secretario Acc.,

Abg. Vladimir Martinez



LRQ/Vm/Famc.
Exp. Nº 228-2016
Sentencia No. SD-233-2016