REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 28 de septiembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2016-003240
ASUNTO : IP01-P-2016-003240

AUTO DECRETÁNDO LIBERTAD SIN RESTRICCIONES

Corresponde a este tribunal motivar conforme a los artículos 157 y 161 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión judicial dictada en fecha 07 de Julio de 2016, mediante la cual acordó imponer a los ciudadanos imputados: FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V.22.609.469, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 31.150.166 y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 21.114.853, la Libertad inmediata sin restricciones, conforme a los artículos 8, 9, y 229 de la Norma Adjetiva penal y 44 constitucional, ya que los mismos fueron colocados a disposición de éste Juzgado por la ABG. YAMILETH MOLINA, Fiscal Auxiliar Vigésima Primera del Ministerio Público, quien narrando los hechos que dieron origen a su solicitud, hizo un recuento de todos los elementos de convicción que a su juicio autorizan su pedimento; durante la celebración de la Audiencia para escuchar al Imputado.

Ahora bien, visto el escrito presentado en fecha 07 de Julio de 2016, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, por el ABG. YAMILETH MOLINA Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público, a través del cual coloca a disposición de éste tribunal a los referidos ciudadanos; mediante la cual se observa que la misma se reserva el derecho a realizar la exposición y los fundamentos de los hechos y el derecho en la oportunidad que fije el tribunal, exponiendo la Representante Fiscal como parte de buena fe, que no solicita ninguna medida de coerción personal para los referidos ciudadanos, sino que por el contrario, peticionó la Libertad Plena para los mismos, informando que de forma sucinta los hechos que dieron origen a la investigación del presente caso no precalifican delito, por lo cual solicitó la libertad plena de los ciudadanos antes mencionados. Seguidamente conforme a los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto no riela en la presente causa suficientes elementos para la imposición de una medida para sustentar la presunta comisión de delito alguno por parte de los ciudadanos FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS.

Por otro lado, una vez impuesto a los ciudadanos: FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS del artículo 49 constitucional y de las preliminares de ley, manifestaron cada uno por separado que NO querían declarar.

Igualmente la Defensa Pública 6° Penal asignada representada por la ABG. BETANIA LOPEZ, escuchado lo expuesto por el Fiscal, solicita al igual que el Ministerio Público la Libertad de sus defendidos.

Este Tribunal Segundo de Control, a los fines de proveer la presente solicitud realizada durante la celebración de la precitada audiencia, efectúa un análisis de las actas procesales que conforman el presente asunto, observando que ciertamente, no existen suficientes elementos de convicción para acreditarle delito alguno a los ciudadanos FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS, aunado al hecho que es la misma representación Fiscal, quien no solicita ninguna medida de Coerción personal para los mismos, por lo decide esta juzgadora, declara con lugar lo peticionado por el Ministerio Público, de Otorgar a los ciudadanos: FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS, la libertad Plena, conforme a los artículo 8, 9, 229 de la Norma Adjetiva Penal y 44 y 49 constitucional. Y así se decide.
DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: RESUELVE: CON LUGAR, LA SOLICITUD FISCAL, y DECRETA: PRIMERO: LA LIBERTAD PLENA a los ciudadanos : FRANK KERWIN GUTIERREZ ROBLES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V.22.609.469, CARLOS JOSE ZAVALA INFANTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 31.150.166 y ELIGUER JESUS ZAVALA CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 21.114.853, a tenor de lo preceptuado en la Norma Constitucional prevista en el ordinal 1ero del artículo 44, en estricta y concordante relación con los artículos 8, 9 y 229 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, atinentes al principio de Presunción de Inocencia y al Estado de Libertad respectivamente, por cuanto no existen suficientes elementos de convicción que sustente la imputación fiscal. SEGUNDO: Se ordena igualmente la prosecución del presente asunto a través del Procedimiento especial de los delitos menos graves, de conformidad con lo establecido en el Artículo 356 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se Decide.

Remítase el presente asunto a la Fiscalía 3° del Ministerio Publico en su oportunidad legal.


Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase con lo ordenado. En Santa Ana de Coro, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de 2016. Años 206° y 157°.


JUEZA SUPLENTE SEGUNDA DE CONTROL
ABG. OLIVIA BONARDE SUÁREZ
SECRETARIA
ABG. DANIEL DIAZ TORREALBA



ASUNTO: IP01-P-2016-003240
RESOLUCIÓN N° PJ0022016000213