REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 06 DE ABRIL DEL 2.017.
AÑOS: 207º Y 158º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ERMIS GUSTAVO TORRES ROSENDO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.358.111, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, de ocupación Obrero, domiciliado en la Calle Principal La Danta-La Borinque, casa S/n de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión Estado Falcón. Asistido en este acto por la ciudadana: HEIDI MARIA CHIRINOS ROJAS, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 14.168.017, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 202.214, con domicilio Procesal en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Calle Sucre, casa sin N°, Municipio Unión, Estado Falcón; visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: ERMIS GUSTAVO TORRES ROSENDO, sobre: unas bienhechurías constantes de una casa de Habitación Familiar, la Casa esta Edificada con paredes de Bloque de Cemento, Friso por Ambas caras, Instalaciones Eléctricas, Instalaciones de Aguas Blancas y Negras, Cuatro (04) Cuartos, Una (01) Sala, Un (01) Comedor, Una (01) Cocina, Un (01) Baño, Un (01) Porche, Un (01) Piso de Cemento Pulido, Techo de Acerolit, Puertas y ventanas de Metal. Las mismas se encuentran enclavada en Terrenos Municipales, ubicado en la Calle Principal La Danta-La Borinque, casa S/n de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión Estado Falcón, en una extensión superficial de: CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (4298,42 M2), de terrenos. La Casa tiene un Área de Construcción de: NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS CUADRADOS (93.13 M2) siendo sus linderos Generales los Siguientes.
NORTE: Con Carretera Principal Borinque-La Danta.
SUR: Con Posesión de Berono Morón.
ESTE: Con Posesión de Juan Colina.
OESTE: Con Posesión de Juan Colina y Rosa La Rosa.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (800.000. Bs.) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SEIS (06) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE. (06-04-2.017) AÑOS: 207° Y 158°.
LA JUEZ PROVISORIA.
ABOG. ARIHANNY DACOSTA ALVAREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ANA PACHECO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ANA PACHECO.