REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
MAPARARI, 10 DE AGOSTO DE 2.017
AÑOS: “207° y 158°”

EXP. N° 46-2.017.-

 SOLICITANTE: VILMA CHIQUINQUIRA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal N°. 6.867.797, domiciliada en la Población de El Paují, Parroquia El Paují, Municipio Federación del Estado Falcón.
 ABOGADO ASISTENTE: HERCULES JOSE MORENO MONSALVE, titular de la Cedula de Identidad Personal Nº. 8.009.385, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N° 173.879.
 MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.

La presente Causa se inicio mediante solicitud que fue presentada en Fecha 26 de Enero de 2.017, ante el Tribunal Distribuidor de Turno (Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón) por la Ciudadana VILMA CHIQUINQUIRA GUTIERREZ, ya identificada en autos, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio, Ciudadano HERCULES JOSE MORENO MONSALVE, titular de la Cedula de Identidad Personal Nº. 8.009.385, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N° 173.879.
En Fecha 26 de Enero de 2.017 en el Tribunal Distribuidor se realizo el sorteo respectivo, correspondiéndole el conocimiento de la presente causa a este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
En Fecha 27 de Enero de 2.017 se ADMITE la solicitud presentada por la Ciudadana VILMA CHIQUINQUIRA GUTIERREZ, identificada en autos por no ser contrario al Orden Publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En esa misma fecha se ordeno notificar a la FISCAL OCTAVA del Ministerio Publico del Estado Falcón, e igualmente se libro CARTEL DE EMPLAZAMIENTO.
Alega la parte solicitante que al ser presentada en la Antigua Prefectura del Distrito Federación,
Estado Falcón, ( hoy Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio
Federación del Estado Falcón), el día VEINTITRES (23) de SEPTIEMBRE de 1.964 y
quedando insertada bajo el Nº. 444, el funcionario redactor cometió un error al transcribir dicha
Acta de Nacimiento colocando el nombre de su madre como SILVINA GUTIERREZ, siendo esto
incorrecto ya que su nombre completo es MARIA SILVINA GUTIERREZ, según
Copia de la Cedula de Identidad Personal de la Ciudadana MARIA SILVINA GUTIERREZ, Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana MARIA SILVINA GUTIERREZ, Datos Filiatorios de la Ciudadana MARIA SILVINA GUTIERREZ, expedido por El Saime, Oficina Plaza Caracas II, de Fecha 09-12-2016, Copia Certificada de Registro de Defunción de la extinta Ciudadana MARIA SILVINA GUTIERREZ, expedida por la Unidad de Registro Civil y Electoral de la Parroquia El Paují, Municipio Federación, Estado Falcón, anotada bajo el N°. 05 de Fecha 14-06-2.016 y Certificado de Bautismo de la Ciudadana MARIA SILVINA GUTIERREZ, expedida por la Parroquia San Juan Bautista de Churuguara, Municipio Federación, Estad Falcón, de Fecha 06-09-2.016, la cual anexo. Es por ello que solicito la RECTIFICACIÓN de mi ACTA de NACIMIENTO.
En Fecha 06 de Febrero de 2.017, el Alguacil de este Tribunal, Ciudadano ALI MANUEL ROMERO, consigno BOLETA de NOTIFICACION debidamente firmada y sellada por la Ciudadana ZULLY QUINTERO, asistente de la FISCALIA OCTAVA del Ministerio Publico del Estado Falcón.
En Fecha 10 de Julio de 2017, la solicitante antes identificada asistida en este acto por el Abogado
En ejercicio HERCULES JOSE MORENO MONSALVE, titular de la Cedula de Identidad
Personal Nº. 8.009.385, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL
ABOGADO bajo el N° 173.879, consigno el Ejemplar del Diario Ultimas Noticias, de Fecha 06 de
Julio de 2.017, donde apareció publicado el CARTEL. DE EMPLAZAMIENTO.
No presentaron oposición alguna.
En Fecha 27 de Julio de 2.017, en el lapso de Pruebas la solicitante antes identificada, Ratifico
las pruebas presentadas en la solicitud.
Este Tribunal en razón de lo que se demostró y probo en Autos y cumplidas las formalidades
legales en el presente procedimiento determina que procede la RECTIFICACION del ACTA de
NACIMIENTO de la Solicitante y así se DECIDE.
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y
SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Administrando
Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD
de la Ley declara con LUGAR la RECTIFICACION del ACTA de NACIMIENTO, marcada con
el Nº. 444 del año 1.964 de los libros de Registro de Nacimientos llevados por la antigua Prefectura
del Distrito Federación, Estado Falcón, (hoy Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio
Federación del Estado Falcón), de la solicitante Ciudadana VILMA CHIQUINQUIRA
GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal
N°. 6.867.797, domiciliada en la Población de El Paují, Parroquia El Paují, Municipio
Federación del Estado Falcón.
En consecuencia donde aparece el nombre de su madre SILVINA GUTIERREZ es incorrecto,
debe aparecer MARIA SILVINA GUTIERREZ que es lo correcto puesto que su nombre
completo es MARIA SILVINA GUTIERREZ.
Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil.
Expídanse por Secretaria DOS (02) Copias Certificada de la presente Decisión, a los efectos de los Artículos 774 del Código de Procedimiento y 502 del Código Civil y remítanse con oficio una al Registrador del Registro Principal del Estado Falcón y otro al Jefe de la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Federación del Estado Falcón. Así mismo déjese Copia Certificada de esta Decisión para el Archivo, conforme a lo previsto en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.

REGISTRESE y PUBLIQUESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Diez (10) días del mes de Agosto del año 2.017. EL JUEZ PROVISORIO. ABOG: ARCANGEL REYES HERNANDEZ.- LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES.- Nota: En esta misma fecha del día de hoy siendo las 9:43 am se publico y registró la anterior sentencia y se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA MADELEY MORA CESPEDES.-