REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 18 de Enero de 2017
205º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2013-004653
ASUNTO : IP01-P-2013-004653
AUTO MOTIVADO MEDIANTE EL CUAL SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 361 DEL COPP
Corresponde a este Tribunal dictar resolución mediante la cual se decreta el Sobreseimiento del presente asunto Penal en virtud del Cumplimiento de las Condiciones impuestas en Audiencia Preliminar, Celebrada en fecha 09 de Enero de 2014, al ciudadano LUIS GERARDO SALERO FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, nació en Coro, el 26-05-1988, de 25 años, residenciado en los Libertadores, Coro Estado Falcón y titular de la cédula de identidad V-19.616.649; de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le lleva el presente asunto Penal por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE OBJETO PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana MARIA DE JESUS HERNANDEZ JIMENEZ.
DE LAS MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Establece el artículo 361 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal lo siguiente:
“…Vencido el lapso otorgado para la duración de las Formulas Alternativas a la Prosecución del proceso, prevista en el aparte anterior; el Juez o Jueza de Instancia Municipal procederá a verificar, dentro de los Diez días hábiles siguientes, el cumplimiento de las condiciones impuestas si se trata de la Suspensión Condicional del Proceso, o el cumplimiento definitivo si se trata de un acuerdo Reparatorio, así como el cumplimiento o no de las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad.
Si de la verificación a la que se refiere el aparte anterior el Juez o Jueza de Instancia Municipal, comprueba el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Suspensión Condicional del Proceso, o el cumplimiento definitivo del Acuerdo Reparatorio, así como el cumplimiento de las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad, decretadas en la audiencia de presentación, con posterioridad a esta o en audiencia preliminar, podrá dictar sentencia de sobreseimiento por extinción de la acción penal, notificando de ello a las partes y a la victima no querellada…”
De lo antes plasmado se desprende que debe verificarse el cumplimiento o no de las condiciones impuestas al imputado bien sea en audiencia oral de presentación o en la audiencia preliminar a los fines de dictar sentencia de sobreseimiento por prescripción de la acción Penal; en el presente caso, procede quien aquí decide, a verificar si el ciudadano LUIS GERARDO SALERO FERNANDEZ, cumplió con las condiciones impuestas en fecha 09 de Enero de 2014, en la Celebración de la Audiencia Preliminar, las cuales fueron las siguientes: Único: se le impone al imputado LUIS GERARDO SALERO FERNANDEZ, de OCHO (08) MESES DE TRABAJO COMUNITARIO, en el Consejo Comunal de la Urbina, debiendo consignar constancia mensualmente del trabajo realizado ante este Tribunal. En este estado se le explica claramente al imputado el alcance de dichas condiciones quien manifiesta entender y se compromete al cumplimiento de las mismas en Ocho meses.
Ahora bien, de la revisión realizada al presente asunto penal se verifica que corre inserto al folio 180 al 208 las constancias emitidas por el CONSEJO COMUNAL LA URBINA II, MUNICIPIO MIRANDA DEL ETADO FALCON, de fecha 13 de Febrero de 2016, de las cuales se desprende que el ciudadano LUIS GERARDO SALERO FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, nació en Coro, el 26-05-1988, de 25 años, residenciado en los Libertadores, Coro Estado Falcón y titular de la cédula de identidad V-19.616.649, por lo que se evidencia que cumplió satisfactoriamente con la condición impuesta por este tribunal en fecha 09 de Enero de 2014, Cumpliendo asi con la Condicion Impuesta por este Tribunal. Y ASÍ DE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, Este Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: DE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, Por Prescripción de la Acción Penal, al ciudadano LUIS GERARDO SALERO FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, nació en Coro, el 26-05-1988, de 25 años, residenciado en los Libertadores, Coro Estado Falcón y titular de la cédula de identidad V-19.616.649, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 361 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese de todas las medidas impuestas. Cúmplase. Publíquese, regístrese y notifíquense a las partes de la presente decisión, Líbrese oficio al Servicio Integrado de Información Policial (SIIPOL), a los fines de que el mismo sea excluido del sistema.
ABG. MARIALBI ORDÓÑEZ RAMIREZ
JUEZA QUINTA PENAL DE PRIMERA INSTANCIA
ESTADAL Y MUNICIPAL DE CONTROL
ABG. ERICA MARTINEZ
SECRETARIA
Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control
del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 18 de Enero de 2017
RESOLUCION No. PJ0052017000006.
:
|