En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante, ciudadano ANTONIO ROTOLO LANSILOTTA, antes identificado, en su condición de ESPOSA a la ciudadana: MARIA MONTONE DE ROTOLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.506.698; y en su condición de HIJOS, a los ciudadanos: SARA ROTOLO MONTONE y VITO ROTOLO MONTONE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-3.674.766, y V-13.204.546.
Publíquese, Regístrese y diarícese.
De conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de esta declaración para el archivo. Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada, previa certificación por secretaría de una copia de la misma, la cual reposará en el archivo de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada el Veinte (20) días del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017), en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
La Jueza,
Abg. Florencia M Cantini R. El Secretario Acc,
Abg. Vladimir Martínez Morles.
NOTA: En la misma fecha, siendo las 11:45 a.m., y previo el anuncio de ley, se publicó y registró el anterior decreto y se dejó copia certificada para el archivo. Asimismo, se expidió Un (01) juego de copia certificada solicitada y se entregó a la parte interesada. Con un total de Veintisiete (27) folios útiles, se devuelve la presente solicitud a la parte interesada. Conste.-
El Secretario Acc,
Abg. Vladimir Martínez Morles.
FMCR/VM/ABG
Sol. Nº 359-2017
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