REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; TRECE (13) de JUNIO de 2.017
Años: 206º y 158º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 027-2017, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana WILMA MARIA SMITH DE CALLES, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.394.914, domiciliada en la calle Domino, Casa Nro. 07, de la Urbanización Carabobo, de eta Ciudad de Santa Ana de Coro, municipio Miranda del Estado Falcón, actuando en nombre y en representación de sus hijos JOSMARY ALEXANDRA Y FRANCISCO JOSE CALLES SMITH, ambos Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-11.475.061 y V-15.558.368, de este mismo domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, debidamente representada por el (la) abogado en ejercicio: JOSE COLINA NAVAS, Inpreabogado Nro. 2.327.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) FRANCISCO JOSE CALLES PENSO, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de identidad Nro. V- 3.094.800, domiciliado en la calle Domino, Casa Nro. 07, de la Urbanización Carabobo, de eta Ciudad de Santa Ana de Coro, municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Veintinueve de Marzo de dos mil diecisiete, (29/03/2.017) según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 529, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Falcón. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de ESPOSA E HIJOS a los ciudadanos WILMA MARIA SMITH DE CALLES, JOSMARY ALEXANDRA Y FRANCISCO JOSE CALLES SMITH, arriba plenamente identificados.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón a los TRECE (13) DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2.017.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria los juegos de copias certificadas solicitadas. Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación. Lcda. Adriana Oduber Garvet
La Juez Titular, La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior y se devolvieron las resultas y las copias certificadas al solicitante. Conste.
La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla Acosta

SOL. 027