REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 29 de Junio de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2015-000002
ASUNTO : IP01-D-2015-000002
CESE DEFINITIVO POR CUMPLIMIENTO DE SANCIÓN.

Corresponde a este Tribunal, emitir el correspondiente auto fundado relativo al cese de Medida, previa verificación del cumplimiento por parte del adolescente RENNY JESUS BOLIVAR MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nro 27.590.904 a quien le fue impuesta por un lapso de DIEZ (10) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA Y DOS (02) MESES DE SERVICIO A LA COMUNIDAD EN FORMA CONSECUTIVA en virtud de la Admisión de hechos por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO.

En la celebración de la audiencia de verificación se realizó revisión del asunto en la cual se evidencia que efectivamente consta que el sancionado cumplió con las obligaciones impuestas por el Tribunal Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, toda vez que se verifica en el Informe de Cierre emitido por el Departamento de Libertad Asistida quien coadyuvó a este Tribunal con la vigilancia del cumplimiento de dicha medida por parte del joven RENNY JESUS BOLIVAR MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nro 27.590.904 que asistió a sus presentaciones en las fechas indicadas por dicha entidad, así como también recibió orientaciones por parte del Equipo Multidisciplinario y participó en las actividades organizadas por dicha Entidad, además se evidenció que el joven continua con sus estudios secundarios consignado constancia de estudio en fecha 15-03-2016.

Así las cosas, como quiera que consta en autos que el sancionado cumplió a cabalidad la Sanción de DIEZ (10) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA Y DOS (02) MESES DE SERVICIO A LA COMUNIDAD EN FORMA CONSECUTIVA EN FORMA SIMULTANEA con lo cual se perseguía el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y su normal convivencia con su familia y entorno social; es por lo que este despacho de conformidad con el articulo 647 literal “h” decreta el CESE de la Medida impuesta a los adolescentes, y en consecuencia se decreta su libertad plena de la misma a tenor de lo dispuesto en el artículo 645 ejusdem. Y así se decide.

Dispositiva
En consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO Decretar el CESE de la medida de DIEZ (10) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA Y DOS (02) MESES DE SERVICIO A LA COMUNIDAD EN FORMA CONSECUTIVA que venía cumpliendo el ciudadano RENNY JESUS BOLIVAR MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nro 27.590.904 toda vez que cumplió con la sanción que les fue impuesta por el Tribunal Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en virtud de la Admisión de hechos por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO
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SEGUNDO: Se decreta la libertad plena de RENNY JESUS BOLIVAR MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nro 27.590.904 por cumplimiento de la sanción, conforme a lo dispuesto en el articulo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.

TERCERO: Remitir con oficio al Archivo de este Circuito Judicial Penal la presente causa en su oportunidad legal a fin de ser desincorporada de inventario de asuntos activos de este Tribunal.
Registre y Publíquese la presente decisión, notifíquese a las partes.

JUEZA 1° SUPLENTE DE EJECUCIÓN
SECCIÓN ADOLESCENTE
ABG. JENY BARBERA.

ABG CARMEN CHIRINOS.
SECRETARIA.