REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Veintiuno (21) de Marzo de Dos Mil Diecisiete (2017).

206° y 158°


Por recibido expediente procedente del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contentivo de la solicitud por JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA presentado por el ciudadano ANTONIO JOSE DIAZ CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 2.988.193, debidamente asistido por el abogado FREDDY JOSE BARRANCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 67.386, en una (01) pieza constante de quince (15) folios útiles, cuya remisión hace con oficio Número 4380, de fecha, siete (07) de Febrero del presente año, en virtud a la declinatoria de competencia en razón de la materia declarada por el precitado Tribunal; désele entrada conforme a la nomenclatura de este Tribunal y anótese en los Libros respectivos. Cúmplase lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

ABOG. ROSA ISABEL FRANCA LUIS.
El Secretario Temporal,

ABOG. CARLOS LORENZO.

En esta misma fecha se recibió expediente conformado por una (01) pieza constante de quince (15) folios útiles. Se le dio entrada bajo el Número S-114-2017 y se dio cumplimiento a lo demás ordenado en el auto que antecede.

El Secretario Temporal,

ABOG. CARLOS LORENZO.






RIFL/CL/ag.
Solicitud Nº S-114-2017.