Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta PRIMERO: Decreta sin lugar la solicitud hecha por la defensa Pública en cuanto a la libertad plena del ciudadano DANIEL JOSÉ CHIRINOS. SEGUNDO: Se declara con lugar la precalificación dada por el Ministerio Público por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: En aras de garantizar los derechos establecidos en nuestra ley especial, así como principios, garantías y derechos procesales y constitucionales, tratados, y convenciones sobres los derechos de la mujer y como medida preventiva para garantizar la integridad física, psicológica, sexual y patrimonial se acuerdan las medidas de protección y seguridad a favor de la víctima, establecidas en el artículo 90, numeral 1, se remite a la víctima ante el equipo multidisciplinario a los fines de que reciba la respectiva orientación y le realicen un informe integral, así como una evaluación psicológica, numeral 6, la prohibición al imputado de que por sí o por terceras personas realice acto de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia y numeral 13 referida a la prohibición de agredir de cualquier forma a la víctima. CUARTO: Se acuerdan las medidas cautelares establecidas en el artículo 95 numeral 7 de la ley especial, consistente en remitir al imputado al equipo multidisciplinario a los fines de que reciba el ciclo de charlas en materia de violencia contra la mujer. QUINTO: Se decreta la flagrancia y se sigue el procedimiento por la vía especial. Se ordena la libertad inmediata del imputado de autos. SEXTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones en su debida oportunidad a la fiscalía vigésima del ministerio público con competencia en violencia de género para que continúe con las investigaciones de conformidad con el artículo 104 de la Ley Especial que rige nuestra materia. Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaria.