Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: comparte el criterio de la Vindicta Pública en el sentido de no precalificar delito alguno; en consecuencia, este juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
DECRETA: Libertad Plena y sin Restricciones desde esta sala de audiencias al ciudadano JESUS RAFAEL VERA COLINA, titular de la cédula de identidad N° V-15.915.357. En consecuencia, se ordena librar boleta de libertad. Se ordena remitir las presentes actuaciones en su debida oportunidad a la fiscalía vigésima del ministerio público con competencia en violencia de género de conformidad con el artículo 104 de la Ley Especial que rige nuestra materia. Y ASÍ SE DECIDE