REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 31 DE MARZO DEL 2.017.
AÑOS: 207º Y 158º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: JOHEL JESUS CHIRINOS OLLARVEZ, Venezolano, Mayor de edad, soltero, productor agropecuario, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.512.711, domiciliado en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el Abogado: DOUGLAS ANTONIO GONZALEZ NAVAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°- 190.322, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.473.432, con domicilio Procesal en la Calle San Rafael de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del Ciudadano: JOHEL JESUS CHIRINOS OLLARVEZ, consta de una bienhechurías representadas por una casa, unifamiliar, de construcción de bahareque, piso de cemento y techo de Zinc, que consta de dos (2) habitaciones, un (1) baño, una (1) cocina, un (1) porche, enclavadas en un área de Terreno Municipal de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, (8.750 M2) y con un área de construcción de SETENTA METROS CUADRADOS, (70,00 M2), ubicada en el sector la Garza Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, alinderada de las siguiente manera:
NORTE: Con Camino Real.
SUR: Con Familia Colina.
ESTE: Con Carretera Vía el Mille la Florida.
OESTE: Con Luis Tua y Lérida Romero.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TREINTA Y UN (31) DÍAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE. (31-03-2.017) AÑOS: 207° Y 158°.
LA JUEZ PROVISORIA.
ABOG. ARIHANNY DACOSTA ALVAREZ.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABOG. KARINA ARCAYA.