REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
MAPARARI, 02 DE MARZO DE 2.017
AÑOS: “205° y 158°”
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la Ciudadana: AURIS LEOMAR RAGA ALDANA venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº. 17.519.750. de profesión u oficio comerciante, domiciliada en el Sector Lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio HEIDI MARIA CHIRINOS ROJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 202.214, titular de la Cédula de Identidad Personal N°. 14.168.017, con DOMICILIO PROCESAL en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Calle Sucre, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón. Examinados como han sido los DOCUMENTOS CONSIGNADOS por la parte interesada el PLANO TOPOGRAFICO DEL TERRENO debidamente revisado por la SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Unión del Estado Falcón e INFORME de la misma SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Unión del Estado Falcón, e igualmente las declaraciones de las testigos DIGNALIS MILAGRO PINEDA Y ANDREINA ROSA GARCÍA JIMENEZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las Cedulas de Identidad Personales Nros. 16.520.468 y 16.899.999, respectivamente, domiciliadas ambas en el Sector Lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, promovidas en el presente asunto y rendidas por ante este Tribunal en FECHA 01-03-2.017. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de Fecha 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de la Ciudadana: AURIS LEOMAR RAGA ALDANA venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº 17.519.750, de profesión u oficio comerciante, domiciliada en el Sector Lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, sobre unas BIENHECHURIAS que posee un área de construcción de NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (90.74 MTS2), constituida por UNA (01) CASA de Habitación Familiar. La casa esta edificada con paredes de bloques de cemento, friso por ambas caras, instalaciones eléctricas, instalaciones de aguas blancas y negras, tres (03) cuartos, una (01) sala, una (01) cocina empotrada en cerámica, un (01) baño empotrado en cerámica, un (01) porche, piso de cemento pulido, techo de acerolit, ventanas panorámicas y puertas de metal. Dichas BIENHECHURIAS se encuentran enclavadas en UNA PARCELA DE TERRENO MUNICIPAL que ocupan una extensión superficial de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (267.84 MTS2), ubicadas en el Sector Lomas de Unión, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con propiedad de Iraida Perozo, SUR: Con propiedad de Marcos Arias, ESTE: Con prolongación de Calle Falcón, OESTE: Con posesión de Doris Morales. El valor de dicha bienhechurias es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 5.000.000)
Entréguese a la parte interesada original de su solicitud con todas las declaraciones, previa CERTIFICACIÓN por SECRETARIA de una COPIA de las mismas, la cual se dejará en el archivo de este Tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Falcón en Mapararí, a los DOS (02) días del mes de Marzo del Dos Mil Diecisiete (2.017). Años: 206° y 158°.- EL JUEZ PROVISORIO. ABOG: ARCANGEL REYES HERNANDEZ.- LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES.-
NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES