REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; SEIS (06) de NOVIEMBRE de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, distinguida con el Nº 062-2017, según la nomenclatura de este Despacho; presentado por el (la) Ciudadano (a) JHONNY ANTONIO FLORES OLLARVES, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.203.655, soltero, domiciliado (a) en el Sector La Cañada, Calle Adolfo Arcaya, casa S/N, Jurisdicción de la parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS MANUEL CHIQUITO GRATEROL, Inpreabogado Nro. 190.330. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos y los Planos de Registro debidamente certificados por el Departamento de Planeamiento Urbano de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón; que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor del (la) ciudadano (a): JHONNY ANTONIO FLORES OLLARVES, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.203.655, soltero, domiciliado (a) en el Sector La Cañada, Calle Adolfo Arcaya, casa S/N, Jurisdicción de la parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, sobre una parcela de terreno situada en el sector la cañada, calle Adolfo Arcaya, casa S/N, jurisdicción de la parroquia San Antonio Municipio Miranda el estado Falcón, dentro de los siguientes linderos: NORTE: con casa y solar que es, o fue de NANEY GONZALEZ. SUR: con casa y solar que es, o fue de JOSE FLORES; ESTE: con calle ADOLFO ARCAYA que es su frente; OESTE: con casa y solar que es, o fue de DEIBI FLORES y casa y solar que es, o fue de ELIAS FLORES, constante CIENTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y UN CENTÍMETROS (178,91 MTS2).
Asimismo, manifiesta el solicitante en su escrito, que las referidas bienhechurías las construyó bajo sus únicas expensas, con dinero de su propio peculio, las cuales han venido poseyendo desde hace más de veinte (20) años de manera ininterrumpida, pacífica, pública e inequívoca. En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, la presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los SEIS (06) días del mes de NOVIEMBRE de 2.017. Déjese constancia en el Libro Diario de Labores y entréguese el presente original a los solicitantes.
La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 062
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