REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 1 de Noviembre de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2016-000967
ASUNTO : IP01-P-2016-000967

EJECUTORIEDAD Y CÓMPUTO DE LA PENA.

Recibidas las presentes actuaciones judiciales provenientes del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en virtud de la sentencia condenatoria dictada y declarada firme en contra de los penados ANTONIO JESÚS HERRERA GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.717.192, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN y al ciudadano CESAR ENRIQUE CHIRINO LORBES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.448.906 a OCHO (08) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal; ambos recluidos en el reten policial de la Policía del estado Falcón.
Los penados fueron detenidos en fecha 23 de febrero de 2016, manteniéndose bajo esa condición para la fecha de hoy. Los penados tienen un tiempo de cumplimiento de pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y CINCO (05) DÍAS. El penado ANTONIO JESÚS HERRERA GARCÍA cumple la pena para la fecha 24 de octubre de 2024. El penado CESAR ENRIQUE CHIRINO LORBES, cumple la pena en fecha 24 de diciembre de 2024. Optan por las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el orden siguiente:

ANTONIO JESÚS HERRERA GARCÍA:
Destacamento de trabajo: para la fecha 23 de junio de 2020.
Régimen abierto: Para la fecha 03 de diciembre de 2021.
Libertad condicional: Para la fecha 26 de agosto de 2022.
Opta por la conversión de la pena en confinamiento para la fecha 26 de agosto de 2022.
CESAR ENRIQUE CHIRINO LORBES
Destacamento de trabajo: Para la fecha 23 de Septiembre de 2020.
Régimen abierto: Para la fecha 23 de febrero de 2022.
Libertad condicional: Para la fecha 23 de octubre de 2022.
Opta por la conversión de la pena en confinamiento para la fecha 23 de octubre de 2022.
DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA EN CONTRA DE los penados ANTONIO JESÚS HERRERA GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.717.192, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN y al ciudadano CESAR ENRIQUE CHIRINO LORBES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.448.906 a OCHO (08) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal; ambos recluidos en el reten policial de la Policía del estado Falcón; ambos recluidos en el reten policial de la Policía del estado Falcón. Se practicó el cómputo de pena correspondiente. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471 y 474 del código orgánico procesal penal.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, anexo copia de la sentencia dictada y del cómputo definitivo y a su vez requiriendo el certificado de antecedentes penales que pueda tener el penado. Trasládese el tribunal a la sede del reten policial de esta ciudad a fines de la imposición de los penados.

EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
OLIVIA BONARDE SUAREZ