REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 1 de Noviembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2016-004068
ASUNTO : IP01-P-2016-004068
EJECUTORIEDAD Y CÓMPUTO DE LA PENA.
Recibidas las presentes actuaciones judiciales provenientes del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en virtud de la sentencia condenatoria dictada y declarada firme mediante la cual condenó al ciudadano RICHARD JOSE RODRIGUEZ CHIRINOS, Venezolano, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.357.988, fecha de nacimiento 15/03/1994, profesión y/o oficio: OBRERO, dirección Sector la Villa de Oro, calle S/N, Casa S/N, Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, sometido a medida cautelar sustitutiva de libertad y condenado a CINCO (05) AÑOS de prisión mas las penas accesorias previstas en el artículo 16 del código penal vigente por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 82 ejusdem.
El penado resultó detenido en fecha 07 de septiembre de 2016, manteniéndose privado de libertad hasta la fecha 06 de abril de 2017, indicativo que tiene un tiempo de pena cumplida de CUATRO (04) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS.
El penado opta por el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena y opta por las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el siguiente orden: Destacamento de trabajo, al cumplir la mitad de la pena, régimen abierto al cumplir las 2/3 partes de la pena impuesta y libertad condicional al cumplir las ¾ partes de la pena. Opta por confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena.
DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón DECLARA, PRIMERO: FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA en contra del penado RICHARD JOSE RODRIGUEZ CHIRINOS, Venezolano, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.357.988, fecha de nacimiento 15/03/1994, profesión y/o oficio: OBRERO, dirección Sector la Villa de Oro, calle S/N, Casa S/N, Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, sometido a medida cautelar sustitutiva de libertad. SEGUNDO: Se efectúa cómputo de pena correspondiente al precitado penado conforme a lo pautado en el artículo 474 del Código Orgánico procesal Penal. Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, anexo copia de la sentencia dictada y del cómputo definitivo y a su vez requiriendo el certificado de antecedentes penales que pueda tener el penado. Impóngase al penado y cítese para la fecha 13 de noviembre de 2017 a las 09:00 horas de la mañana..Notifíquese. Impóngase. Cúmplase.
EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
OLIVIA BONARDE SUAREZ
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