SOLICITUD No. 1046-2018
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vista la solicitud junto a sus documentos anexos presentada por los ciudadanos: CARMEN ANTONIA RODRIGUEZ DE ALCALDE y LUIS JOSÉ ALCALDE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.806.365 y V-25.848.320, respectivamente, ambos domiciliados en la población de Pueblo Nuevo, jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio CARMEN CAMACHO ALVARADO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 32.822, y el contenido de las testimoniales promovidas y evacuadas por ante éste Tribunal en fecha 09 de Abril de 2018, las cuales debidamente examinadas corroboran lo indicado por los solicitantes: Que conocen de vista, y trato y comunicación a los ciudadanos CARMEN ANTONIA RODRIGUEZ DE ALCALDE y LUIS JOSÉ ALCALDE RODRIGUEZ, que conocieron al causante: JOSÉ GREGORIO ALCALDE ZARRAGA, que es cierto y les consta que el difunto JOSÉ GREGORIO ALCALDE ZARRAGA, era esposo de la ciudadana CARMEN ANTONIA RODRIGUEZ DE ALCALDE, y padre del ciudadano LUIS JOSÉ ALCALDE RODRIGUEZ, que es cierto y les consta que los ciudadanos CARMEN ANTONIA RODRIGUEZ DE ALCALDE y LUIS JOSÉ ALCALDE RODRIGUEZ, son los Únicos y Universales Herederos del causante JOSÉ GREGORIO ALCALDE ZARRAGA. Este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado y sin perjuicio de terceros de igual o de mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ GREGORIO ALCALDE ZARRAGA, a los ciudadanos: CARMEN ANTONIA RODRIGUEZ DE ALCALDE y LUIS JOSÉ ALCALDE RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.806.365 y V-25.848.320, respectivamente. Devuélvanse éstas actuaciones a los solicitantes y déjese copia simple en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO.-

ABG. WINDER MARTÍNEZ MARQUEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. ALONSO S. PEROZO PUENTES