REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro; 17 de JULIO de 2018
Años: 207º y 158º
Vistas las actas que conforman la presente solicitud de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, y por cuanto el abogado YOHEL CARRILLO, Inpreabogado Nro. 112.216, en su carácter acreditado en autos, no dieron cumplimiento al despacho saneador de fecha 24/05/2018, y habiendo transcurrido el lapso acordado por este Tribunal para subsanar los defectos de los cuales adolece la presente solicitud; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, DECLARA TERMINADA la presente solicitud, por falta de impulso procesar, distinguida con el Nº 2008 en nomenclatura llevada por este Juzgado. Y por cuanto no quedan más diligencias que practicar esta juzgadora da por concluido el procedimiento entréguese las resultas al solicitante e autos. Déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal. CUMPLASE. Lcda. Adriana Oduber La Juez Temporal El Secretario Accidental,
Abg. Mariela Revilla acosta Abg. Harold A. Colina H.
EXP. 2008