REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; CUATRO (04) de JUNIO de 2.018
Años: 208º y 159º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 011-2018, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: HIDALGO DE COLINA DAISY MARGARITA, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.496.730, de este mismo domicilio, actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano: COLINA NOEL JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.504.004, de este mismo domicilio; debidamente asistido por los abogados en ejercicio, BELKIS RAMIREZ Y ALI MANUEL BRACHO, venezolanos, mayores de edad, Inpreabogado Nro. 206.430 Y 152.042.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) COLINA HIDALGO JOANA YOHALIS, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.520.112, domiciliado (a) en el Municipio PARCELAMIENTO CRUZ VERDE, CALLE JOSE FELIZ RIVAS, CAS NRO. 09, falleció Ab-intestato en fecha: 01 de DICIEMBRE de 2017, (01/12/2017) según se evidencia de Certificado de Defunción, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Falcón Nro. 1689. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de PADRES, a los ciudadanos: HIDALGO DE COLINA DAISY MARGARITA y COLINA NOEL JOSE arriba plenamente identificados.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón a los CUATRO (04) DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2.018.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria el juego de copias certificadas solicitadas. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Juez Temporal El Secretario Accidental,
Abg. Mariela Revilla acosta Abg. Harold A. Colina H.



SOL. 011