REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD presentada por el ciudadano LUIS RAFAEL PETIT KRISTEN, venezolano, mayor de edad, soltero, de 50 años, titular de la cedula de identidad Nº V-9.585.421, de profesión u oficio Ingeniero Agrónomo, domiciliado en la Calle Principal Buena Vista-Baraived, KM6, casa sin número, Sector Maicara, Parroquia Buena Vista del Municipio Falcón del Estado Falcón, asistido por la Abogada en ejercicio MINERVA ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 211.813; en consecuencia se le dio el curso de Ley, ordenándose formar expediente y numerarlo bajo el Nº SA-998-2018, correspondiente a la nomenclatura llevada por este Tribunal.

Solicita el ciudadano LUIS RAFAEL PETIT KRISTEN que se les declare Titulo Supletorio de Propiedad conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de obtener dominio y posesión sobre unas bienhechurías tipo depósito ubicado en la Vía principal Maicara- Buena Vista, Sector 3 de la Población de Maicara (punto de referencia entrada al Club Maicara), Parroquia Buena Vista, Municipio Falcón del Estado Falcón, estado de conservación bueno, construidas fundaciones y riostras de concreto armado, techo de asbesto, paredes de bloques de cemento de friso-liso, pisos de cemento pulido, con todos sus servicios publicos de acueducto, vialidad, cisterna, electricidad, aseo, alumbrado y gas; consta de cinco (05) ventanas de hierro y una (01) puerta de hierro, para una área total de construcción de CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (175,10 MTS2), enclavada sobre una superficie de terreno municipal que mide CIENTO TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS (133.228,61 Mts2), demarcada dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: 8,5Mts con Vía principal Maicara- Buena Vista; SUR: 8,5Mts con camino real Maquigua; ESTE: 20,25Mts con casa de Ana Vicmary Lugo; y por el OESTE: 20,25Mts con casa de Maria Lugo. Según se evidencia del Informe emitido por la Dirección de Catastro, Ordenación Territorial y Ambiental de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Falcón de fecha 03/04/2018.

Ahora bien, previo a resolver la presente solicitud esta Juzgadora observa que el solicitante de autos presentó como testigos a los ciudadanos ANGEL ORLANDO CHACON NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, de 59 años, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.180.149, de profesión comerciante, domiciliado en el Sector Pedro Manuel Arcaya, Puerta Maraven, Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón y JORGE LUIS VELAZCO, venezolano, mayor de edad, de 52 años, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.610.725, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Buena Vista, Vía principal, Sector La Pitahaya, casa sin número, Parroquia Buena Vista, Municipio Falcón del Estado Falcón, quienes rindieron declaración ante este Despacho previo el cumplimiento de las formalidades establecidas en la Ley, encontrando este Tribunal que dicha actuación se encuentra ajustada a derecho, y ASÍ SE ESTABLECE.

En virtud de lo anterior, pasa esta juzgadora a considerar lo solicitado para decidir con fundamento en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, de los que se desprende textualmente lo siguiente:

“Artículo 936: Cualquier Juez Civil es competente para instruir las justificaciones y diligencias dirigidas a la comprobación de algún hecho o algún derecho propio del interesado en ellas… (omissis)

Artículo 937: Si se pidiera que tales justificaciones o diligencias se declaren bastante para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, ante de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros… (omissis)”. (Cursivas de este Tribunal).

Ahora bien, examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos: ANGEL ORLANDO CHACON NUÑEZ y JORGE LUIS VELAZCO las cuales fueron contestes en lo declarado conforme a lo solicitado, y el análisis de las normas ut supra transcritas, se desprenden elementos suficientes para que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declare las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESIÓN a favor del ciudadano: LUIS RAFAEL PETIT KRISTEN, venezolano, mayor de edad, soltero, de 50 años, titular de la cedula de identidad Nº V-9.585.421, de profesión u oficio Ingeniero Agrónomo, domiciliado en la Calle Principal Buena Vista-Baraived,KM6, casa sin número, Sector Maicara, Parroquia Buena Vista del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurías anteriormente identificadas, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-2006 de fecha 18 de Marzo de 2009 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, a través de la cual se modifica la competencia de los Juzgados Civiles, Mercantiles y del Tránsito. ASÍ SE ESTABLECE.

Devuélvanse estas actuaciones a los solicitantes de autos y déjese copia certificada de la presente resolución en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, sellada y firmada, en la sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Pueblo Nuevo, a los Dieciocho (18) días del mes de Mayo del Dos Mil Dieciocho (2018). Años 207° de la Independencia y 159° de la Federación.

LA JUEZA TEMPORAL,
ABOG. DALIA C. VETANCOURT ARIAS

LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. ANGGELA NARANJO ARENAS