REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; VEINTISIETE (27) de NOVIEMBRE de 2.018
Años: 208º y 159º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 041-2018, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): OLEGARIA ANTONIA FLORES DE TRASMONTE, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.645.525; de este mismo domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana: MARIA AUXILIADORA TRASMONTE FLORES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.520.856, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, debidamente asistida (s) por el (la) Abogada GLEIMI COLINA, Inpreabogado N° 285.442.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) ARGENIS RAFAEL TRASMONTE, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.291.143; residenciada en el SECTOR MONTE VERDE, CALLE BORREGALES, entre Calle El Tenis y Calle Proyecto, Casa Nro. 12, Municipio Miranda del estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: VEINTINUEVE (29) DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, (29/05/2018) según se evidencia de Certificado de Defunción, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Falcón Nro. 741, de fecha 01/06/2018. Y DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de ESPOSA E HIJA a las ciudadanas: OLEGARIA ANTONIA FLORES DE TRASMONTE, MARIA AUXILIADORA.TRASMONTE FLORES, arriba plenamente identificadas.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón a los veintisiete (27) DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2.018.
REGÍSTRESE, DIARÍCESE Y PUBLÍQUESE, inclusive en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinal 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria el juego de copias certificadas solicitadas. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Juez Temporal, El (La) Secretario (a) Accidental,
Abg. MARIELA REVILLA ACOSTA Abg. RENNY JOSE RINCON

SOL. 041