El día 18-03-2019 se presento la Ciudadana: HERMINIA MARIA SIERRA DE SIRA, venezolana, mayor de edad, viuda, domiciliada en el Sector Cruz verde de Pedregal, calle libertad, casa Nº22, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.350.765, asistida en este acto por la abogada ARGELIA ROMERO GARCIA, I.P.S.A Nº 77.194 de tránsito por este Municipio, actuando en mi propio nombre y de nuestros hijos igualmente coherederos: ANA DUMELYS SIRA SIERRA, TRINIDAD ANTONIO SIRA SIERRA, FELIX LEON SIRA SIERRA, JOSE GREGORIO SIRA SIERRA, EMILIO ALBERTO SIRA SIERRA, HERMINIA YAMILET SIRA SIERRA y ALEXANDER JOSE SIRA SIERRA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Sector Cruz verde de Pedregal, calle libertad, casa Nº22, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-4.107.353, V-7.473.785, V-7.484.317, V-7.498.237, V-7.498.238, V-11.801.658 y V-12.180.480 en el mismo orden respectivamente, para los fines que nos interesan y a los efectos de evacuar ad-perpetua memorian, que debe ser declarado justo TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de conformidad con los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Del causante LEON ANTONIO SIRA RODRIGUEZ, quien falleció ab-intestato en el Sector Cruz verde de Pedregal, Municipio Democracia Estado Falcón en fecha VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018), quien era venezolano, mayor de edad, casado, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-1.773.488 seguidamente Se le da Entrada y Se Admite