SOLICITUD No. 1200-2019
SOLICITANTE: INES MARIA QUERO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.582.773, domiciliada en el Sector 6, calle 2, casa Nº 1, Antiguo Aeropuerto de la Ciudad de Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE: ANAHILDE VIVAS VALBUENA, INPREABOGADO Nº. 79.923
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

Revisadas las actas procesales que conforman la presente solicitud se evidencia que la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.582.773, presentó en fecha 15 de Noviembre de 2018, por ante el Juzgado Distribuidor, solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO No. 681, del año 1966, de los Libros de Nacimiento llevados por el Registro Principal del Estado Falcón, con Sede en Santa Ana de Coro del Municipio Miranda del Estado Falcón Tomo Duplicado del Libro de Registro Civil de la Parroquia Punta Cardon del Municipio Carirubana del Estado Falcón, correspondiente a la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, quien es hija de los ciudadanos ÁNGEL REMIGIO QUERO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.418.670 y YRIS MIREYA PETIT, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-2.861.623. Correspondiendo a este Tribunal, en la cual expone:
Que se incurrió en el siguiente error: al transcribir erróneamente en el acta de nacimiento de la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, su nombre como “YNES” siendo lo correcto “INES”.
Para efectos probatorios el solicitante consignó: Copia certificada del Acta de Nacimiento, anexada en la presente solicitud de la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del estado Falcón, en la cual se evidencia el Error Material del nombre de la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT. Copia Simple de la cedula de identidad donde se evidencia el nombre correcto de la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, donde se lee “INES”, copia simple de titulo de bachiller, copia simple de titulo Magna Cum Laude, copia simple de titulo Magíster Scientiarum en Orientación, copia simple de titulo de profesor en los cuales se lee el nombre “INES”. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de Acta de Nacimiento, este tribunal, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA la rectificación de dicha acta, en consecuencia hágase la debida nota marginal en el acta de Nacimiento, previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente el nombre de la ciudadana INES MARIA QUERO PETIT, que se lee “YNES”, siendo lo correcto: “INES”; se acuerda oficiar, al Registrador Principal del Estado Falcón y al Registrador Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del estado Falcón, hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento. Así se decide. Expídanse por secretaria las copias certificadas de la presente decisión que fuere menester al interesado y envíense las necesarias a las autoridades civiles correspondientes, acompañado de oficio.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Dieciocho (18) días del mes de Marzo del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208º de la Independencia y 160º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. WINDER MARTINEZ MARQUEZ.
El SECRETARIO TITULAR,


ABG. ALONSO PEROZO PUENTES.