REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 19 de Noviembre de 2020
Años: 210º y 161º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 04-2020, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: TERESITA ALBERTINA DÍAZ DE LAZARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.361.914, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, actuando en este acto de conformidad con el articulo 168 del Código de Procedimiento Civil, en nombre propio y en representación de los coherederos ciudadanos: DESIREE ALEXANDRA LAZARO DIAZ, WILLIAM JOSE TADEO LAZARO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 18.294.072 y V- 18.294.073, y de este domicilio, asistidos por la abogada abogada en ejercicio ALBA MARGARITA ZAMBRANO LUGO, Inpreabogado Nro. 211.819. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadano: WILLIANS JOSE LAZARO ACOSTA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.109.465, domiciliado y con domicilio en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Diecinueve de Noviembre de Dos Mil Diecinueve (2019), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 1248, extendida en fecha 25/11/2019, por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Municipio Miranda del Estado Falcón, la cual riela al folio Cuatro y Cinco de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a su esposa ciudadana TERESITA ALBERTINA DÍAZ DE LAZARO y a sus hijos ciudadanos: DESIREE ALEXANDRA LAZARO DIAZ, WILLIAM JOSE TADEO LAZARO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.294.072 y V- 18.294.073, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Diecinueve (19) días del mes de NOVIEMBRE de 2020. Entréguese el presente original a los interesados.

La Juez Provisorio,
Dra. Mariela Revilla Acosta.

El Secretario Titular,
Abg. Renny José Rincon





Sol. 04-2020