El dia 04-08-2021, se presento la ciudadana: YSKELY TAIDEE CORONEL AGUILAR, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.198.335, Domiciliada en el Sector Ali Primera II de la Población de Pedregal Municipio Democracia del Estado Falcón. Actuando en representación de su hijo de 4 años de edad. En el cual expone: Solicita ante este despacho se notifique al ciudadano: JUVENAL SILBERIO ADIANZA GARCIA, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 12.586.118, domiciliado en el Sector Simón Bolívar de la Población de Pedregal Municipio Democracia del Estado Falcón. Con el fin de llegar Acuerdo Mediatorio de la Obligación de Manutención que corresponde a su hijo: de 4 años de edad. Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO DEMOCRACIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Le da Entrada Por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, se ADMITE apegados a la Resolución 2018-0013, de fecha 24/10/2019, emanada del Tribunal Supremo de Justicia (en Cuanto a la Competencia) basado en lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con los Artículos: 26, 44, 49, 75, 78, 253, 257, 258, y el Articulo 34 iusdems de la Ley Sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familia Niño y Adolescente. Quedando anotado bajo el Expediente Nº 04-20 De conformidad con lo previsto en los Artículos 39 de la Ley sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de niño, niña y Adolescente se ordena Notificar al Fiscal (A) Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.