El dia 17-03-2021, Vista la solicitud recibida por correo Electrónico del Tribunal Distribuidor de Coro Estado Falcón, bajo el Nº D-405, presentada por el Ciudadano: YONIG ENRIQUE REYES ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V 11.253.536, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: GRACIELA CELESTE HERNANDEZ MARIN, Venezolana mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.828.099 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 191-994, por medio de la cual solicita al Tribunal se ordene la Rectificación del Acta de Nacimiento Nro. 185 Correspondiente al año 1969, de los libros de la Alcaldía del Municipio Democracia del Estado Falcón, de conformidad con la competencia que le fue atribuida a través de la Resolución Nº 2018-0013, de fecha 24/10/2019, emanada de la Sala del Tribunal Supremo de Justicia; se le da ENTRADA y se ordena formar expediente, numerar la presente solicitud y hacer las anotaciones correspondientes quedando registrada en el libro de causas bajo el Nº 04-21. Ahora bien, el solicitante manifiesta que Rectifique el Acta de Nacimiento, ya que en dicha acta, colocaron el nombre de su madre MIREYA, cuando el verdadero nombre es MIRELLA, es por ello que solicito se corrija el error Material, cometido y se declare con lugar, y que a su vez se ordene la corrección del nombre. Así mismo, solicito, que una vez sentenciada y declarada con lugar la Rectificación de Acta de Nacimiento.