REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 17 de Septiembre de 2021.-
Años: 211° y 162°.-
Visto el escrito de promoción pruebas presentado por la parte actora en formato electrónico en fecha 06 de septiembre de 2021, y consignado en formato físico en fecha 14 de mismo mes y año, suscrito por el Abogado Humberto Contreras inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 17.630, contenidas en el capitulo primero (prueba instrumental), marcadas “A”, “B”, “C”, “D”, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales o impertinentes, y no fueron objetadas por la contraparte, se admiten de conformidad con lo previsto en el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la solicitud efectuada conforme a lo previsto en el articulo 433 de la norma adjetiva, la cual fue condicionada a posibles dudas que surgieran respecto a las pruebas instrumentales aportadas, este Tribunal niega su admisión, por cuanto en la promoción de la prueba de informe es menester de la parte promovente, indicar al Tribunal los puntos sobre los cueles recaerá la información solicitada y cual es la información que se requiere que informen al Tribunal, observando que en el referido escrito de promoción, la parte actora solo se limita a indicar que se requieran informes a los organismos competentes sobre los hechos litigiosos señalados, sin mas especificación. Y así se decide. Remítase copia del presente auto a las partes en juicio en formato pdf, sin firma y si sello. Cúmplase.
El Juez Provisorio.-
Abg. VICTOR FLORES LUZARDO.-
El Secretario.-
Abg. LEONARDO BRACHO BOZO.-
En esta misma fecha se dictó y publicó el presente auto de providencia de pruebas, siendo remitido a las partes vía correo electrónico en formato pdf, sin firma y sin sellos. Conste.-
El Secretario.-
Abg. LEONARDO BRACHO BOZO.-
Exp. 3294 (C.M)