ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2021-000206.
PARTE ACTORA: TEGUI GUILLERMO PULIDO PEREIRA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FRANK PAZ. Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA con el Nº 98.578.
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y MOVIMIENTOS SOCIALES.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyo.
MOTIVO: Beneficio de Jubilación.
En el día hábil de hoy, Lunes once (11) de abril de 2022, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes a la misma, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno que las represente. En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Desistido el Procedimiento en el juicio seguido por el ciudadano: TEGUI GUILLERMO PULIDO PEREIRA, contra la entidad de trabajo: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y MOVIMIENTOS SOCIALES., por Beneficio de Jubilación, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, Terminó, se Leyó y Conformes Firman.
El Juez
Abg. José Antonio Moreno Palacios
La Secretaria
Abg. Luisana Cote
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